Por fallas en la entrega de medicamentos, Supersalud impone medida cautelar contra Audifarma
Una de las acciones que más preocupa es el retiro intempestivo del servicio en Risaralda, lo que ha generado graves traumatismos en usuarios de la Nueva EPS.

Imagen de referencia de medicamentos. Foto: Getty Images. / mego.picturae
Pereira
La Superintendencia Nacional de Salud impuso una medida cautelar al gestor farmacéutico Audifarma, tras realizar una visita a dispensarios en algunos departamentos, donde se identificó un notorio desabastecimiento de inventario de medicamentos, varios de ellos básicos como el Acetaminofén, así como medicinas de alto costo para tratamiento de enfermedades como el cáncer.
Giovanny Rubiano García, superintendente nacional de salud, se refirió al retiro intempestivo que hizo Audifarma en la entrega de medicamentos en Risaralda y explica las razones por las cuales se tomó la decisión de imponer la medida cautelar.
Giovanny Rubiano García, Superintendente Nacional de Salud
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En este orden de ideas, la Supersalud decidió imponer “medida cautelar de cesación provisional de las acciones que ponen en riesgo la vida o la integridad física de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud por intermedio de la Nueva EPS”, adoptando los correctivos necesarios que garanticen la dispensación de tecnologías en salud de forma oportuna, continua y de calidad en garantía del derecho fundamental a la salud de los usuarios.
Dichas acciones son:
1. La suspensión de las acciones de cierre de los establecimientos farmacéuticos que prestan el servicio de dispensación de tecnologías en salud a los usuarios afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud por intermedio de la NUEVA EPS, por el término de dos (2) meses, prorrogables por un período igual, hasta tanto se demuestre que tales decisiones administrativas y civiles no vulneran el derecho fundamental a la salud de las personas.
2. Realizar la gestión necesaria y dar solución a la entrega de tecnologías en salud que se encuentren pendientes al momento del cierre, previo al desmonte efectivo de los establecimientos farmacéuticos definidos para el proceso de dispensación a los usuarios de la NUEVA EPS.
3. Informar a la Superintendencia Delegada para Operadores Logísticos de Tecnologías en Salud y Gestores Farmacéuticos por cada cierre de establecimiento farmacéutico que se realice y, previo a este, enviar a los correos de la Superintendencia Nacional de Salud previstos en el presente acto, con copia a la NUEVA EPS para que adelante las gestiones necesarias para cumplir con sus obligaciones de aseguramiento.