El 22 de febrero inicia el cobro de 3 nuevos impuestos, ¿Quiénes deben pagarlos? Uno es del 19%
De acuerdo con el decreto 0175 de 2025, el Gobierno nacional expidió una serie de impuestos para recaudar recursos suficientes para atender la crisis en el Catatumbo, ¿cuáles son y quiénes deben pagarlos? Se lo contamos.

¿Quiénes deben pagarlos? El 22 de febrero inicia el cobro de los 3 nuevos impuestos de Conmoción Interior (Getty Images)
Desde el próximo sábado, 22 de febrero, comenzarán a cobrarse los 3 impuestos que se expidieron dentro del marco del estado de conmoción, decretado por el Gobierno nacional el 24 de enero.
Este grupo de medidas tributarias tiene como principal objetivo recaudar el dinero suficiente para atender los grandes problemas de orden público y seguridad en el Catatumbo, en el área metropolitana de Cúcuta y en los municipios de Río de Oro y González en el Cesar.
En total, son 3 impuestos, con los que se estima poder recaudar más del billón de pesos colombianos. ¿Cuáles son, a quiénes afectará y hasta cuándo irán? Se lo contamos a continuación.
Impuestos por conmoción interior: lista de quienes deben pagarlos
De acuerdo con el Decreto 0175 de 2025, el Ministerio de Hacienda ordenó que en el territorio colombiano se comenzará a cobrar desde el 22 de febrero los siguientes 3 impuestos:
1. Impuesto en los juegos de azar, ¿cuánto se cobrará?
De acuerdo con el decreto, a partir del sábado, se aplicará el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual es del 19 %, sobre los juegos de azar y todas las apuestas en línea.
El gravamen se aplica en el momento en que los usuarios depositen dinero en sus cuentas de apuestas, ya sea a través de pagos en efectivo o transferencias. De esta manera, se aplica el impuesto del 19 % sobre la recarga inicial y no sobre las ganancias que se obtienen de la apuesta.
Por ejemplo, cuando un jugador deposita $100.000 pesos en su plataforma de apuestas, deberá pagar el IVA sobre ese valor, que equivaldría a $19.000, pagando un total de $119.000.
2. Impuesto de timbre del 1 %
Se estableció un impuesto del timbre del 1 % en todas las transacciones mayores a $300 millones. Vale recordar que este es un impuesto que se paga por ciertos trámites notariales y documentos oficiales, lo que incluye certificaciones, copias de escrituras públicas, protocolizaciones y otros actos que requieran una validación legal.
Según indica el decreto, el objetivo es conseguir recursos adicionales a través de la tributación de las operaciones de muy alto valor.
3. Impuesto a las exportaciones de petróleo y carbón
Se colocó un impuesto del 1 % sobre las ventas nacionales y exportaciones de petróleo y carbón. De acuerdo con el decreto, este gravamen busca aprovechar las ganancias de las industrias extractivas para financiar las necesidades urgentes en el Catatumbo.
¿Hasta cuándo irán estos 3 impuestos?
Según lo explica el Ministerio de Hacienda, los 3 impuestos entrarán en vigor el 22 de febrero y se esperaba que se mantuvieran hasta el 31 de diciembre de este año.
Sin embargo, el coordinador de la Comisión accidental de Conmoción Interior, Duvalier Sánchez, explicó que los impuestos creadores para atender la crisis en el Catatumbo solo podrían estar vigentes durante 90 días, como lo establece el Decreto. Lo que quiere decir que los 3 impuestos solo irían hasta el 24 de abril.
A pesar de lo anterior, el ministro, Diego Guevara, ha indicado que el Gobierno tiene la intención de incorporar de manera permanente estos impuestos mediante una reforma tributaria que presentaría próximamente en el Congreso.