¿Cuánto tiempo tiene la EPS para autorizar una cirugía? Normativa del Ministerio de Salud explicada
Tenga en cuenta los tiempos de respuesta máximos que tienen las EPS para autorizar una cirugía, según la Ley

Cirujanos en procedimiento quirúrgico / Ministerio de Salud (Getty Image)
Las autorizaciones de las EPS son uno de los grandes dolores de cabeza de muchos afiliados al sistema de salud de Colombia. Aunque algunas entidades son ágiles en estos procesos, hay otras que suelen demorarse demasiado en el proceso.
Una de las autorizaciones más importantes son las que se solicitan para las cirugías. Estas autorizaciones son un documento que se pide antes de someterse a un procedimiento quirúrgico y su función es garantizar que la EPS cubra los costos asociados con la cirugía. De esta forma, se asegurará de que se cumplan los requisitos y todos los procesos establecidos por la entidad responsable de la prestación del servicio de salud.
¿Cuáles cirugías requieren autorización previa de la EPS?
Cuando la cirugía es programada, lo que quiere decir que no es una emergencia médica, se debe hacer el trámite de la autorización con anticipación. Esto permitirá que la EPS evalúe la necesidad y pertinencia de la cirugía, así como los recursos necesarios para llevar a cabo el procedimiento.
En los casos de cirugía de urgencia, la necesidad de autorizaciones previas dependerá de la EPS. En algunas entidades no se pide una autorización previa (como por ejemplo, cuando la fecha cae en un día festivo), pero sí se pide que se informe a la entidad lo más pronto posible, presentando la orden médica con el diagnóstico, para que así se pueda expedir una autorización retroactiva, es decir, después de prestarse el servicio.
¿Cuánto tiempo se puede demorar una EPS en autorizar una cirugía?
Existen dos tipos de cirugías que tienen una atención diferente: las cirugías electivas, que son aquellos servicios de salud que se pueden prestar de manera programada, prioritarios o no prioritarios, y las cirugías de urgencia.
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En cualquiera de los dos casos, según indica el artículo 125 del Decreto 19 de 2012 (llamado también Ley Antitrámites), el trámite de la autorización lo realiza directamente el prestador de servicio de salud ante la EPS, sin la intermediación del afiliado. En ningún caso, este trámite para conseguir la autorización puede ser trasladado o llevado a cabo por el usuario.
Ahora bien, de acuerdo con la Resolución 2335 de 2023 del Ministerio de Salud, los tiempos que se puede demorar la EPS en gestionar y dar respuesta a la solicitud de autorización para una cirugía son:
- Si es una cirugía de urgencias, el tiempo máximo es de 2 horas.
- Si es una cirugía de atención prioritaria, el tiempo máximo es de 12 horas.
- Si es una cirugía programada, el tiempo máximo para autorizarla es de 5 días calendario.
- Si es una cirugía programa para población de especial protección, es decir, personas con discapacidad, adultos mayores o mujeres gestantes, el tiempo máximo para autorizar el procedimiento es de 2 días calendario.
Vale señalar que la atención prioritaria de una cirugía es determinada por el profesional tratante. En este caso, la situación de salud del paciente no pone en riesgo la vida ni las funciones vitales de la persona en un futuro inmediato; sin embargo, se necesita una atención rápida para evitar riesgos, complicaciones o secuelas para su salud.
Si se le autoriza la cirugía, la EPS se contactará con el usuario para informar de su decisión y así se pueda dar paso a concertar la fecha y hora, así como el valor del copago del procedimiento. En caso de negar la autorización, la EPS deberá diligenciar y enviar el formato único de negación en la Superintendencia. Aquí le contamos lo que debe hacer en caso de que la EPS le niegue la autorización para su cirugía.