Sancionan a exalcaldesa por no controlar minería ilegal en el páramo

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 8 años y 6 meses a Genny Gamboa Guerrero, exmandataria de California, Santander.

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Bucaramanga

Por primera vez en Santander, una autoridad municipal recibe una sanción disciplinaria porque no controló el fenómeno de la minería ilegal lo que en su momento generó una emergencia de tipo ambiental que alcanzó a afectar a los habitantes de Bucaramanga.

La Procuraduría General de la Nación, en un fallo de primera instancia, sancionó con destitución e inhabilidad general de 8 años y 6 meses a la exalcaldesa de California, Santander, Genny Gamboa Guerrero pues evidenció que no desplegó acciones desde su resorte como autoridad para prevenir, combatir y evitar las prácticas de minería ilegal.

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El ministerio público indicó que la Sala de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular constató una omisión de la entonces mandataria lo cual “condujo a que el agua de la quebrada La Baja, ubicada en jurisdicción de ese municipio y afluente del Río Suratá, fuera contaminada con mercurio”.

Este hecho “originó un riesgo grave y un deterioro de la salud humana para quienes se abastecen del líquido, y también para el medio ambiente” indica la Procuraduría en el fallo.

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Para la entidad, la exalcaldesa “quebrantó los principios de moralidad, eficacia y responsabilidad administrativa al pasar por alto el desarrollo de acciones efectivas de protección, tendientes a cumplir los deberes de vigilancia y control sobre este tipo de actividades que se realizaban en el municipio que dirigía”.

La sanción no para ahí. De acuerdo con la Procuraduría se formuló un segundo cargo a Gamboa Guerrero “por no asistir entre el primero de enero y el 29 de marzo de 2023 como veedora y garante a las actuaciones para la concertación y conservación para la delimitación del Páramo jurisdicciones Santurbán -Berlín a lo que como primera autoridad del municipio estaba obligada”.

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La señora Gamboa Guerrero “afectó sus deberes sin justificación alguna, específicamente el principio de moralidad al no dar cumplimiento a la orden dada en ese sentido por la Corte Constitucional, y por ende también el de función administrativa al no coordinar sus acciones con las demás autoridades administrativas y alcanzar los fines estatales”, expresa en un comunicado la Procuraduría.

Finalmente en el fallo se lee que la “la Sala de Juzgamiento calificó de forma definitiva las faltas en que incurrió la exalcaldesa como gravísima cometida a título de culpa gravísima por el primer cargo endilgado, y como grave a título de dolo la segunda”.

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