Juez declara improcedente tutela que intentaba frenar demolición de edificio Osorio

La propietaria del edificio fue declarada infractora por comportamientos que afectan las normas urbanísticas

Cortesía

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Cartagena

El juzgado séptimo civil municipal de Cartagena declaró improcedente una tutela interpuesta por la propietaria del edificio Osorio, ubicado en el barrio El Bosque, con la que intentaba frenar la demolición de ese inmueble, ordenada por la inspección de policía de dicho barrio.

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La propietaria alegaba que dicha decisión violaba su derecho fundamental al debido proceso, y que la decisión era “desproporcionada y violatoria de la ley”. Sin embargo, el juzgado no accedió a sus pretensiones, dándole la razón a la inspección de policía y a la Alcaldía de Cartagena.

Precisamente, la inspección de policía y la Alcaldía demostraron que la propietaria del edificio fue declarada como infractora por comportamientos que afectan las normas urbanísticas descritas en la Ley 1801 de 2016, mediante decisión del 14 de octubre de 2021, y que durante todo el proceso, las entidades cumplieron a cabalidad todas las etapas y respetaron el debido proceso.

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El juez séptimo civil municipal, en fallo del pasado 30 de agosto de 2024, manifestó que la tutela no cumplía con el requisito de inmediatez, debido a que se presentó tres años después de la decisión que la declaró infractora. Además, tampoco cumplía con el requisito de subsidiariedad, porque se demostró que la propietaria conoció todas las etapas del proceso y pudo controvertir, en el mismo proceso, las supuestas irregularidades que denunció en la tutela.

El togado argumentó que no era posible tutelar el derecho fundamental, dado que la propietaria buscaba la nulidad del acto administrativo que la declaraba infractora, y expuso además que no existía ninguna violación flagrante de un derecho constitucional.

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