Pico y placa Pereira: ¡atención! Restricciones del lunes 16 al 20 de septiembre del 2024
Conozca los vehículos que tienen restricción de movilidad por cada uno de los días de la próxima semana en la capital risaraldense.
El pico y placa es una una medida para la restricción de tránsito de algunos vehículos automotores, creada con el objetivo de mejorar la movilidad, evitar la congestión vehicular en las horas más transitadas, cuidar el medio ambiente e incentivar el uso de transportes alternativos; pues su incumplimiento a esta medida podría generarle un comparendos, sanciones pedagógicas, económicas y hasta la inmovilizaciones al vehículo.
No obstante, estas restricciones a los vehículos cambian de acuerdo a cada zona del país, pues las administraciones locales son las que definen la implementación y condiciones de la medida de acuerdo a la situación puntual de cada territorio y sus necesidades en materia de movilidad.
En ese sentido, la Alcaldía de Pereira cuenta con un pico y placa propio para los vehículos que transitan por su territorio, por lo que acá le contamos todo lo que debe saber sobre la medida para la próxima semana:
Pico y placa en Pereira desde el lunes 16 al 20 de septiembre
De acuerdo con el Decreto número 000540 del 26 de febrero del 2024, por el cual se establecieron las restricciones de movilidad en la ciudad de Pereira, estos serán los vehículos que no podrán transitar por cada uno de los días de la siguiente semana en la capital risaraldense:
- Lunes 16: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 0 y 1.
- Martes 17: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 2 y 3.
- Miércoles 18: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 4 y 5.
- Jueves 19: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 6 y 7.
- Viernes 20: no pueden circular los vehículos con placas terminadas en los números 8 y 9.
A su vez, tenga en cuenta que esta restricción aplica para vehículos particulares y motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos en el horario desde las 6:00 a.m., hasta las a 8:00 p.m, ya que así podrá evitar la imposición de una multa.
Vehículos exentos de la medida
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Según el mismo decreto, hay varios tipos de vehículos automotores exentos de esta restricción, aquí le contamos algunos de estas:
- Automotores eléctricos o híbridos de carga y pasajeros.
- La caravana presidencial.
- Automotores de servicio diplomático o consular.
- Carrozas fúnebres.
- Automotores que pertenezcan o hagan parte de los cuerpos de seguridad del Estado.
- Automóviles dispuestos para movilizar personas afectadas en su salud, prevenir o atender desastres y/o calamidades, actividades policiales o para transportar personas en condición de discapacidad.
- Automotores tipo grúa público o particular.
- Automotores debidamente identificados de empresas en los que se transporte animales de compañía, veterinarias y asistencial animal, previa identificación
- Automotores destinados al transporte de valores, adscritos a una empresa autorizada para dicha labor.
- Automotores de propiedad de Centros de Enseñanza Automovilística destinados a las labores de instrucción práctica en vía, debidamente identificados.
- Automotores destinados al transporte escolar o de trabajadores, de propiedad del establecimiento educativo, de la empresa o vinculados a una empresa de transporte.