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¿Qué pasa con la pensión de alguien que se va de Colombia? Convenios y más explicados

Si cotizó pensión en Colombia, pero por alguna razón decidió emigrar del país, ¿qué pasa con su pensión? Aquí le contamos las posibilidades que tendría

Pareja de adultos mayores revisando sus papeles, mientras la mujer lo mira con preocupación (Getty Images)

Pareja de adultos mayores revisando sus papeles, mientras la mujer lo mira con preocupación (Getty Images)

Cada año, miles de colombianos deciden emigrar en busca de mejores oportunidades educativas, laborales o de estilo de vida a otros países del mundo. De acuerdo con cifras del Ministerio de Relaciones Exteriores, compartidas a través de datos.gov.co, los países en los que viven más colombianos son Estados Unidos, España, Venezuela y Ecuador.

Una de las grandes preocupaciones que suelen tener estas personas antes, durante o después de su salida del país tiene que ver con el futuro de su pensión, pues muchos de los colombianos que emigran suelen tener cotizaciones a pensión acumuladas en su fondo. En estos casos, ¿qué pasa con lo cotizado?

¿Qué pasa con la pensión de alguien que se va del país?

Para las personas que ya cumplieron con todos los requisitos de pensión, los fondos de pensiones les ofrecen la posibilidad de recibir su mesada a una cuenta autorizada en el exterior, sin importar el país en el que se encuentren.

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En el caso de Colpensiones, según explica la misma entidad, se realiza el giro de la mesada al banco de Colombia con el que se tiene convenio y, luego, este banco se encarga de efectuar el pago a la entidad bancaria del exterior que escoja la persona. En este caso debe tener en cuenta que:

  • Los gastos financieros que apliquen en relación con la entidad bancaria del exterior deben ser acordados con el mismo banco
  • Por la transferencia que hace la entidad bancaria en Colombia, se le descuenta directamente 8 USD al pensionado/a por concepto de “Cargo por transferencia bancaria”. Sin embargo, si las pensiones son por convenios internacionales, los costos de esta transferencia son asumidos por Colpensiones.
  • Colpensiones le permite la alternativa de recibir los pagos de pensión cada mes o tres meses, según sus necesidades. El giro se realiza el último día hábil de cada mes o trimestre.
  • El pago se emite en pesos colombianos a la entidad intermediaria y después, el banco en Colombia hace la conversión a dólares estadounidenses con la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del día del giro. Finalmente, el banco del país en el que reside el colombiano debe realizar la conversión a la moneda local.

En el caso de los fondos privados, la dinámica puede cambiar según el fondo. Porvenir, por ejemplo, solo permite que las consignaciones se hagan a través de Bancolombia, que es el banco con el que tienen convenio. Según explica la entidad bancaria, esta cuenta:

  1. Solo podrá recibir los montos relacionados con la pensión.
  2. Los intereses se liquidarán y abonarán diariamente. El abono solo se verá reflejado cuando se realice un retiro o consignación a la cuenta o al finalizar el mes, en caso de que, durante el mes, no se haya hecho ningún movimiento.
  3. La retención en la fuente sobre los intereses generados en la cuenta es del 7%.

Para tener más información sobre el caso de su fondo privado, lo mejor es comunicarse directamente con la entidad.

Así puede solicitar el pago de sus mesadas desde otro país con Colpensiones

La entidad explica que los interesados deben enviar un correo a pensionadosexterior@colpensiones.gov.co en el que adjunten los siguientes documentos:

  • Formulario de autorización de giro al exterior y declaración de cambio para pensionado o beneficiario. Aquí puede descargar el formulario.
  • Certificación bancaria de la cuenta en el exterior de no mayor a 6 meses. La cuenta debe ser de titularidad única a nombre de la persona pensionada y debe relacionar el número de la cuenta con el banco.
  • Certificado de fe de vida (Supervivencia). Se debe actualizar y presentar por correo electrónico cada 6 meses ante el consulado o ante la autoridad pública del lugar donde se encuentra. Este trámite es gratuito.

¿Se puede seguir cotizando a pensión desde el exterior?

Si la persona al momento de migrar todavía no ha terminado de cotizar pensión, puede continuar haciendo sus aportes a pensión hasta cumplir con el mínimo. De hecho, como explica el Ministerio de Trabajo, es posible comenzar a cotizar pensión estando en el exterior y, en este caso, no se les pide los pagos correspondientes al sistema de salud, puesto que el Estado asume que su país de residencia actual se encargaría de este aspecto.

Para hacer los aportes, el Ministerio del trabajo explica que se tienen estas opciones:

  • Si es de Colpensiones, se pueden hacer en cualquier sucursal de Wetern Union, diligenciando los formatos de QuickPay o a través de la Planilla Única Integrada (PILA), haciendo la aclaración que es colombiano residente en el exterior. En este último caso, la persona debe tener una cuenta en Colombia de la cual le descuentan automáticamente el aporte todos los meses.
  • Si está afiliado a un fondo privado, estos le ofrecen la posibilidad de hacer el pago a través de PILA, aunque algunos tienen convenios con bancos internacionales, así que debe consultar con su fondo.

En cuando a la cantidad del aporte, Porvenir explica que en el Sistema General de Pensiones no existe ninguna diferencia sobre los topes mínimos y máximos de cotización para los colombianos que viven en el exterior. Lo anterior quiere decir que el Ingreso base de cotización corresponde a lo que el afiliado declare que son sus ingresos, siempre y cuando estos no sean inferiores al salario mínimo legal mensual (SMLMV), ni superior a los 25 SMLMV.

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