Justicia

Tribunal ratifica que sí hubo terrorismo durante estallido social del 2019

En firme condena contra cuatro integrantes de la denominada Primera Línea que tenía nexos con las disidencias de ‘Iván Mordisco’. El objetivo era generar caos, dice el fallo

Movimiento de La Primera Línea, se comprobó que tenían nexos con las disidencias

Movimiento de La Primera Línea, se comprobó que tenían nexos con las disidencias

JUDICIAL

Al resolver un recurso de apelación, los magistrados del Tribunal Superior, adecuaron la sentencia a 19 años en contra de cuatro jóvenes de la denominada Primera Línea, que participaron en los desmanes durante las protestas del 21 de noviembre de 2019. Está probado que tenían nexos con las disidencias de ‘Iván Mordisco’ y el fallo ratificó la condena por el delito de terrorismo.

Los condenados son Wilson Reinel Moreno, alias ‘Negro’; Justo Ernesto Villarraga Trujillo, alias ‘justo’; Érika Lorena Flórez Durán, alias ‘Katara’; y Greissy Alexandra Perilla Vargas.

Para los magistrados, es evidente el estado de zozobra e incluso de terror que vivieron los ciudadanos esos días; especialmente en la noche del 22 de noviembre de 2019, lo cual fue el resultado de lo planificado por los procesados días atrás y que se reflejó en las llamadas interceptadas.

“El tribunal no pasa por alto que, si bien, se reflejó en un sector de la población una situación de inconformidad con el Gobierno Nacional de turno, tampoco es innegable que la legítima protesta social fue infiltrada por grupos de extremistas que, con fines delictivos, como lo pretendía el cabecilla Moreno, generaron caos, destrucción y pánico colectivo en la ciudad de Bogotá.

Las conversaciones interceptadas antes y durante los hechos, analizadas en contexto y bajo los principios de la sana crítica, en especial los postulados de la lógica y las máximas de la experiencia, permiten a la judicatura concluir que la organización y dirección por parte de los aquí procesados de los denominados “colectivos”, tenían como fin principal, además de la destrucción, generar caos, miedo y confusión.

El Tribunal negó anular el proceso como lo pedía la defensa de los condenados.

En el caso de Greissy Perilla, Decretó la extinción de la acción penal para los delitos de perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial y violencia contra servidor público.

Los grupos de WhatsApp

Quedó probado que esa facción de la Primera Línea, era una organización criminal que conformó 6 grupos de WhatsApp denominados “Las Américas, Carrera 7, Carrera 30, Auto Norte, Auto Sur, y Caracas”, en los que se determinaban e inducían a todos los individuos que los conformaban a ocasionar los actos vandálicos en toda la ciudad.

“Se difundieron de manera masiva todas las directrices, órdenes de ocasionar los daños en el sistema de trasporte masivo de la ciudad, los ataques vandálicos que debían ejecutarse al mismo tiempo en diferentes localidades de Bogotá́, los vídeos, fotografías con logos de las FARC, incitantes a la violencia con mensajes como “estas personas debemos asesinar”, y la forma en que se debía atacar a los miembros del ESMAD”, se lee en la sentencia.

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