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CNE deberá resolver revocatoria de inscripción de Agudelo a la alcaldía de Santa Marta

En el caso de ser revocada la inscripción de Jorge Agudelo Apreza, el candidato Carlos Pinedo Cuello, del movimiento ‘Santa Marta Sí Puede’, sería el alcalde de la capital del Magdalena.

Jorge Agudelo. Foto: Suministrada.

Jorge Agudelo. Foto: Suministrada.

Santa Marta

La Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Santa Marta, en las últimas horas ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que resuelva en un periodo de 48 horas si revoca o no la inscripción de Jorge Agudelo Apreza como candidato a la Alcaldía de Santa Marta.

El demandante en este proceso ha dicho que dicha inscripción del candidato fue extemporánea y porque también permanecía en firme la anulación de la otra candidata de Fuerza Ciudadana, Carmen Patricia Caicedo, por lo que, al parecer, el partido tenía dos candidatos para la Alcaldía de Santa Marta.

Ordenar al Consejo Nacional Electoral que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, resuelva de fondo las solicitudes de revocatoria de inscripción de la candidatura del señor JORGE LUIS AGUDELO APREZA a la Alcaldía del Distrito, Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta para el periodo 2024-2027, dentro de los expedientes identificados con los siguientes radicados CNE-E-DG-2023-050369 y CNE -E-DG-2023-051073, según las consideraciones expuestas en esta providencia”, referencia el fallo.

La orden se suscita en que el CNE no resolvió esa solicitud dentro de los términos de ley, ni tampoco respondió al accionante sobre una fecha límite de 15 días que vencía el pasado dos de noviembre.

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LO QUE RESPONDE EL ABOGADO DE AGUDELO

En su cuenta de X, uno de los abogados de Jorge Agudelo Apreza, dijo que “el CNE al acumular hoy los expedientes que cursan contra la revocatoria de Jorge Agudelo, en el que nos otorgó dos (2) días hábiles para argumentar respecto de ellas, señaló: “habida cuenta de que los comicios electorales se celebraron el pasado 29 de Octubre y que con base en ello, correspondería a la Comisión Escrutadora Distrital de Santa Marta, Magdalena, llevar a cabo el respectivo trámite de escrutinios y realizar la declaratoria de elección, se hace indispensable conocer con exactitud el estado de dicho procedimiento para efectos de considerarlo en la decisión definitiva”,

Trinó, además, que “la voluntad del pueblo está expresada en las urnas y así debe declararlo a través del acto administrativo electoral la Comisión Escrutadora. No se hagan ilusiones. Jorge Agudelo es el alcalde de Santa Marta”.

Hay que mencionar que, El CNE de acuerdo al mismo fallo, prevé que tiene hasta 15 días hábiles para decidir en caso de que las 48 horas no fueran suficientes.

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