Economía

Declaración de renta 2023: ¿Cómo pagar el impuesto de renta?

Las personas lo pueden pagar de manera virtual o presencial.

Imagen de referencia de dinero colombiano. Foto: Getty Images

Imagen de referencia de dinero colombiano. Foto: Getty Images / Kryssia Campos

Este nueve de agosto comienzan los plazos límites para la declaración de renta, que irán hasta el próximo 19 de octubre. El impuesto sobre la renta se paga tras realizar el proceso de declaración de renta, en donde por medio de un formulario se le aclara al Estado detalles financieros de una persona como lo son ingresos o los egresos.

Además, con la declaración de renta se revisa si la ciudadanía tiene la obligación de pagar impuestos. Esto significa que no todos los colombianos deben pagar el impuesto sobre la renta.

Para la declaración de la renta los colombianos deben diligenciar el formulario 210 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), allí comentan el valor de sus ingresos, de los egresos y las inversiones. Para lograrlo los ciudadanos deben revisar su patrimonio; cuánto ganan; cuánto mueven en el sector financiero; y cuánto gastan.

El proceso de declaración de renta lo puede hacer cada colombiano. No obstante, se puede pedir ayuda a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, quienes guían a los ciudadanos durante todo el trámite. También se puede pagar a un contador certificado para que apoye el proceso de declaración de renta. Es importante que el contador sea de confianza, pues muchos colombianos han caído en estafas.

Una vez los ciudadanos hacen esto, el Estado revisa el formulario para calcular si el contribuyente deberá pagar impuestos y a cuánto ascenderían sus obligaciones.

¿Cómo pagar el impuesto de renta?

Para realizar el pago del impuesto sobre la renta los colombianos deberán tener en cuenta que la Resolución 15734 del 20 de diciembre de 2007 detalla las medidas sobre la transacción de pagos electrónicos y el proceso de recaudo de los impuestos, anticipos, sanciones, intereses y demás tributos administrados por la DIAN. Los pagos deben hacerse por medio de las entidades autorizadas para recaudar.

El pago se puede hacer de forma electrónica o de manera presencial.

Pago electrónico de la Declaración de Renta:

Para lograrlo los colombianos tendrán que diligenciar el recibo desde la página de la DIAN, en donde se aclare recibo “pendiente de pago”.

Posteriormente, se hace la transferencia con la Entidad Autorizada para Recaudar -EAR, que se puede hacer con una cuenta débito, de ahorros o tarjeta de crédito. Es importante seleccionar alguno de estos bancos AV Villas, Bancolombia, Davivienda, GNB Sudameris, Banco Popular, Banco de Occidente, Banco de Bogotá y Banco Itau.

Otra opción es hacerlo a la dirección virtual o canal de pago de uno de los bancos autorizados para recaudar.

Pago presencial de la Declaración de Renta:

En este caso es necesario llenar el recibo de pago desde la página de la DIAN. Es importante tener en cuenta que la entidad genera un archivo .pdf del recibo. Este se debe descargar e imprimir dos veces, uno en papel tamaño carta que no sea en papel reciclado para pagar presencialmente en banco.

Otra opción es hacerlo en corresponsales bancarios, para esto se debe llenar también el recibo y descargar el archivo .pdf del recibo para luego imprimirlo en papel tamaño carta que no sea reciclado. Los colombianos se pueden dirigir a los puntos de pago de los corresponsales Baloto, Reval, Conred y Puntored.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad