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Sancionan con multa a exgobernador de Nariño Camilo Romero

La Procuraduría calificó como grave la falta de vigilancia y control en contrato de venta de aguardiente Nariño

Ex gobernador de Nariño- Camilo Romero. Foto:  (Colprensa)

Ex gobernador de Nariño- Camilo Romero. Foto: (Colprensa) / Álvaro Tavera

Pasto-Nariño

La Procuraduría General de la Nación sancionó con multa de $31 millones 859 mil 152 pesos, al exgobernador de Nariño (2016-2019), Camilo Ernesto Romero Galeano, por la falta de vigilancia y control sobre el proceso de negociación y comercialización de licores en el departamento, en agosto de 2016.

La sanción también cobija al exsecretario de Hacienda, Mario Fernando Benavides Jiménez, con suspensión convertible en salarios equivalentes a 28 millones 493 mil 288 pesos, y a la exsubsecretaria de Rentas, Adriana Milena Amaya Buitrago, con suspensión cuya conversión asciende a $9.228.166.

El Ministerio Público aseguró que el proceso de negociación de aguardiente presentó una serie de anomalías, por lo que no aparecía justificado que el exgobernador omitiera el deber de dirigir la actividad administrativa, dada la importancia y las repercusiones en las finanzas del departamento; y a su vez, dejando de lado lo establecido en el Estatuto Tributario, para así lograr un proceso participativo, ante la posibilidad de pluralidad de interesados en el proceso de negociación, afectando sin justificación el principio de responsabilidad administrativa.

El Ministerio Público verificó que el secretario de Hacienda aprobó las solicitudes de venta a crédito de 80.000 cajas del licor en los términos del acta No. 003 del 25 de agosto de 2016 por $ 18,901,200,000 a la Organización de Licores de Nariño S.A.S (OLN), sin propender que dicho procedimiento cumpliera con el respeto al interés general y que afectó a las empresas o personas que tenían derecho a participar y ser considerados en la negociación, con lo cual afectó el principio de eficacia de la función administrativa.

Respecto de la subsecretaria de Rentas, se concluyó que infringió las normas aplicables a la negociación de licores, puesto que, propició condiciones favorables a la Organización Licores de Nariño S.A.S., aunque existían propuestas previas para la compra del licor que, incluso, ofrecían mayores beneficios para la administración, por lo que se impactó el principio de moralidad administrativa al no fijar reglas justas, claras y completas.

La Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 calificó la falta del exgobernador como grave a título de culpa grave, mientras que las de Benavides y Amaya, como gravísima, a título de culpa grave.

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