Definidas fechas para firma de contratos de subsidios de arriendo en Cartagena

Las jornadas se realizarán desde el 1 de febrero, en el antiguo Parque de la Comida Caribeña

Alcaldía de Cartagena

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La Oficina Asesora para la Gestión del Riesgo de Desastres (OAGRD), a través de la Resolución 0355 del 17 de enero de 2023, estableció el cronograma para la suscripción de contratos de arriendo a damnificados de olas invernales anteriores (2004, 2007, 2010, 2011), falla de San Francisco y sentencias judiciales para la vigencia 2023.

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Las jornadas se llevarán a cabo desde el miércoles 1 de febrero en las instalaciones del Parque de la Comida Caribeña en El Espinal, bajo la modalidad de pico y cédula. La atención se dará de acuerdo al último dígito de la cédula del damnificado, de  la siguiente manera:

Cédulas terminadas en 1 - Miércoles 1 de febrero

Cédulas terminadas en 2 - Jueves 2 de febrero

Cédulas terminadas en 3 - Lunes 6 de febrero

Cédulas terminadas en 4 - Martes 7 de febrero

Cédulas terminadas en 5 - Jueves 9 de febrero

Cédulas terminadas en 6 - Viernes 10 de febrero

Cédulas terminadas en 7 - Martes 14 de febrero

Cédulas terminadas en 8 - Miércoles 15 de febrero

Cédulas terminadas en 9 - Viernes 17 de febrero

Cédulas terminadas en 0 - Lunes 20 de febrero

La entidad también recordó que el trámite es estrictamente presencial y se requiere de la asistencia tanto del arrendador como del arrendatario. “La atención se hará en horario de 8:00 AM a 3:00 PM, reiteramos la importancia de acudir con la documentación requerida con arrendador y arrendatario. No acuda a intermediarios”, señaló Fernando Abello, director de la OAGRD.

En caso que el arrendador no pueda asistir, será necesario presentar un poder firmado y con huella para delegar a otra persona. La OAGRD pidió tener en cuenta que, a la hora de firmar el poder, se especifique si la autorización es solo para la firma del formato único de contrato o también para recibir el subsidio.

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La entidad también recordó los requisitos necesarios para la suscripción de estos contratos:

- El trámite es únicamente presencial, para damnificado y arrendador

- Certificado bancario del arrendador original, para casos de 2004 corresponde al damnificado

- Copia de un recibo de servicios públicos, puede ser de agua potable, de gas natural y/o de energía, con antigüedad no mayor a dos meses

- La dirección del inmueble debe coincidir con las facturas de servicios públicos y el lugar donde reside actualmente el damnificado con su núcleo familiar

- RUT del arrendador, para casos de 2004 corresponde al damnificado

- Copia de cédula del arrendador y el arrendatario

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