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Choques simples en vías del país se podrán resolver sin la presencia de la autoridad

La compañía de seguros debe definir e informar al asegurado las herramientas técnicas y tecnológicas que permitan el recaudo ágil, oportuno y suficiente de las pruebas del evento.

Colprensa

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Bogotá

Con el fin de evitar interrupciones al tránsito en las vías del país por accidentes de tránsito, mantener la seguridad y cuidar la vida de los colombianos que circulan por los corredores viales, el ministerio de Transporte expidió hoy esta circular.

En el documento se definió que los choques simples en los que solo se presentan daños materiales sin importar si los vehículos involucrados estén asegurados o no, los conductores deben retirarlos inmediatamente, así como cualquier elemento que pueda interrumpir el tránsito, aunque antes hay que hacer un recaudo del material probatorio del accidente.

De esta manera, la circular se expide en cumplimiento del artículo 16 de la ley 2251 de 2022, en la que se definió una nueva orientación para que las autoridades de tránsito y las empresas aseguradoras, resuelvan estas situaciones de manera más eficiente.

También, se estableció que, en estos casos, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y los cuerpos operativos de control de los organismos de tránsito a nivel nacional no tendrán que elaborar el informe policial, dicho informe será reemplazado por el material probatorio recaudado por los interesados en el siniestro vial.

La circular menciona la importancia que la compañía de seguros debe definir e informar al asegurado las herramientas técnicas y tecnológicas, que permitan el recaudo ágil, oportuno y suficiente de las pruebas del evento.

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