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¿Por qué la Policía deberá tener autorización para ver videos de circuitos de TV?

La Procuraduría envió un concepto a la Corte Constitucional sobre este tema que sugiere ser revisado

Circuitos cerrados de televisión / Cortesía Getty

Circuitos cerrados de televisión / Cortesía Getty

La Procuraduría advierte que la Policía requiere de autorización para acceder a información reservada de los circuitos de televisión de vigilancia privada.

En concepto enviado a la Corte Constitucional, la procuradora Margarita Cabello, señaló que la Ley de Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana al regular ese acceso no incluyó restricción o autorización alguna para garantizar el respeto del derecho a la intimidad de las personas.

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“El Ministerio Público evidencia que, en salvaguarda del derecho fundamental a la intimidad, el acceso a los videos de los sistemas cerrados de vigilancia y seguridad privada puede estar restringido para las autoridades”.

Ese derecho puede verse afectado por la revisión de imágenes que pueden contener información semiprivada o privada de los ciudadanos.

El órgano de control aseguró que la Policía sí debe contar con una autorización administrativa o judicial para revisar las grabaciones salvo en casos excepcionales de flagrancia o de una necesidad extrema.

Cristina Navarro

Cristina Navarro

Cubre información judicial, derechos humanos, víctimas y temas relaciones con las entides creadas producto...

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