Corte evidenció que hay un tratamiento desigual sobre tenencias de terrenos baldíos
El alto tribunal determinó que el Estado incumplió el acceso a la propiedad de la tierra de los campesinos.
Después de estudiar 13 tutelas contra fallos de jueces que entregaron terrenos baldíos a terceros, la Corte Constitucional evidenció que existe “un tratamiento desigual en la aplicación e interpretación del régimen especial de baldíos y el incumplimiento del deber del Estado de promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los campesinos”.
Lo que se sabe hasta el momento, es que el alto tribunal le pidió al Congreso que fortalezca a la Agencia Nacional de Tierras, que, en este caso, es la única entidad en la que alguien puede adquirir un bien baldío. Además de crear “la jurisdicción agraria y adecúe la legislación con la finalidad de superar la inseguridad jurídica, la informalidad en el campo y la excesiva concentración de la propiedad rural, dentro del respeto del derecho de propiedad y las situaciones jurídicas consolidadas”.
Cabe resaltar, que la Corte no tumbó ninguna de las 13 tutelas contra los fallos de los jueces pues “adoptó medidas tendientes a proteger los derechos de los particulares que mediante tales procesos pretendieron la regularización y formalización de la propiedad rural” y por tal motivo no tendrán que devolver los terrenos.
Esta discusión que se ha llevado por más de 2 años tiene la ruta de la ponencia del magistrado Antonio Lizarazo, quien dice que los terrenos baldíos o los terrenos del Estado solo pueden ser adjudicados por vía administrativa y no deben estar en manos de privados.
Se espera que, en las próximas horas, se informe la decisión oficial de la magnitud y repercusión que podría tener el debate sobre la tenencia de tierra rural en el país.