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Corte Constitucional

Niños venezolanos abandonados deben recibir nacionalidad y registro civil

Los Defensores de Familia deben adelantar el trámite ante la Cancillería y la Registraduría Nacional del Estado Civil.

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La Corte Constitucional protegió los derechos al debido proceso, vida digna, al cuidado y amor, a tener una familia y no ser separado de ella, así como a la igualdad, de un niño migrante venezolano que fue abandonado por sus seres queridos cuando ingresaron a Colombia de manera irregular.

El alto tribunal ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores otorgar la nacionalidad colombiana y al Bienestar Familiar (ICBF) adelantar el registro Civil del pequeño. La decisión se aprobó por 9 votos en la Sala Plena.

El fallo tiene efectos “inter comunis”, es decir, aplica para toda la población de niñas, niños y adolescentes migrantes venezolanos que ingresaron de manera irregular a Colombia, durante el tiempo en el que no exista una ley por parte del Congreso o una regulación definitiva del Gobierno Nacional.

Entonces, las condiciones son que se debe probar su condición de abandono y se acredite como mínimo un año de domicilio permanente y continuo en Colombia, para que exclusivamente se les tramite la nacionalidad colombiana por adopción.

La solicitud y todo el trámite debe ser adelantado por los Defensores de Familia, funcionarios del ICBF, siempre que no exista duda sobre las razones por las cuales se encuentran en territorio colombiano o de que no han sido separados forzosa o delictivamente de sus padres o familiares.

Si bien todos los magistrados estuvieron de acuerdo con otorgarle la nacionalidad colombiana al niño migrante venezolano, el resto de órdenes del fallo tuvo 4 salvamentos de voto de las magistradas Natalia Ángel, Diana Fajardo, así como de los magistrados Alejandro Linares y Antonio José Lizarazo.

Los togados no están de acuerdo de extender los efectos “inter comunes” a todos los niños migrantes venezolanos en situaciones similares. Sólo en el caso concreto. Tampoco con las peticiones al Gobierno y al Congreso para que reglamenten la situación de abandono de los menores.