Por falta de pruebas, cierran investigación contra abogado de Petro
La Comisión Nacional de Disciplina terminó anticipadamente la investigación contra Daniel Ernesto Prado
El abogado Daniel Prado Albarracín era investigado por supuestamente haber filtrado las declaraciones de tres testigos clave para el caso de Santiago Uribe Vélez, investigado por presuntos nexos con una banda de sicarios llamada “Los Doce Apóstoles”.
Según el demandante, Jaime Granados, él era el único que tenía acceso a las audiencias reservadas y lo señalaba de una presunta intervención electoral, ya que los audios fueron publicados en medios de comunicación una semana antes de la segunda vuelta presidencial del 2018, donde se enfrentaban Iván Duque y Gustavo Petro.
Además, en ese momento, Prado era el abogado personal de Petro, motivo en el que centra su alegato Jaime Granados.
De hecho, días después de la publicación de los audios, Petro se pronunció en su cuenta de Twitter, según Granados, con el fin de afectar no solo la imagen de Santiago Uribe, sino también de su hermano, Álvaro Uribe Vélez, principal promotor de la campaña de Iván Duque Márquez.
“No sale en la prensa colombiana ya sabe usted porqué, pero sí en la internacional. Nuevos testimonios que vinculan a Uribe Vélez con el paramilitarismo”, afirmó Petro.
Trino que fue motivo de investigación junto a las noticias publicadas en medios de comunicación.
No obstante, Petro se defendió diciendo que la información de la publicación la obtuvo de un medio de comunicación y que nunca ha recibido información por parte de Prado, de los casos en donde lo representa, y que el caso de Santiago Uribe y de ‘Los Doce Apóstoles’, no era la excepción.
Sin embargo, la Comisión Nacional de Disciplina resolvió que no existen pruebas que incriminen a Prado Albarracin.
“Cada uno de los hechos indicantes señalados por el apoderado del quejoso son meramente contingentes, es decir que cada una de ellas señalan varias conclusiones posibles, razón por la cual no conducen directamente a la certeza, sino que señala probabilidades de que el hecho indicado haya sido consecuencia del indicador”, afirmó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.