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Prima

Pago de prima a trabajadores domésticos debe ser antes de 20 de diciembre

Los empleadores que no paguen se harán acreedores a sanciones que pueden ir de 1 a 5.000 salarios mínimos

Empleadas  domésticas

Empleadas domésticas (Colprensa)

El pago de la prima de los trabajadores domésticos debe hacerse antes del 20 de diciembre de 2021, este es un reconocimiento que se realiza cada semestre trabajado o proporcional al tiempo laborado. El Ministerio de Trabajo advierte sanciones a quienes no paguen.

"Desde el año 2016 ya está regulado en Colombia el reconocimiento del pago de prima para el servicio doméstico, hay que aclarar que todos estos trabajadores tienen derecho a este reconocimiento, independientemente que laboren el mes completo vayan por días, ese pago se debe realizar directamente al trabajador o trabajadora beneficiario del mismo y el plazo máximo legal del segundo semestre es el 20 de diciembre", explicó Iván Jaramillo investigador del Observatorio Laboral y profesor de la Universidad del Rosario.

El grupo de trabajadores domésticos que recibirán prima, se encuentra en toda persona natural que preste sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia, niñeras y mayordomos.

Hay que señalar, que la prima de servicios es un reconocimiento que hace por el semestre trabajado o proporcional al tiempo laborado. Debe pagarse en los meses de junio y diciembre.

Jaramillo, explicó que para liquidarse  el pago de la prima en el caso que una trabajadora doméstica labora  por días, cada empleador es el responsable del pago y debe mensualizar el pago, multiplicar por 4,33 que es el número de semanas que tiene el mes y se dividir por 2 para encontrar el valor de 15 días por semestre trabajado, pero no hay ninguna excusa para no pagarla.

De esta manera, las personas que no paguen de acuerdo con el Ministerio de Trabajo a través de Inspección Vigilancia y Control, se harán acreedores a sanciones y multas que pueden ir de 1 a 5.000 salarios mínimos.

Pero, si termina la relación de trabajo y no se ha pagado la prima de servicios los empleadores, se ven expuestos al pago de un día de salario por cada día de mora.

 

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