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Informe CIDH sobre protestas recomienda separar la Policía del MinDefensa

Caracol Radio conoció el contenido de las observaciones y recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su visita a Colombia.

Caracol Radio conoció el contenido de las observaciones y recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su visita a Colombia. Señala que recibió un total de 2.908 solicitudes para entregar testimonio. De esas logró recibir al menos 302, priorizando los criterios de representatividad y diversidad.

Una de las principales recomendaciones que hace la CIDH a Colombia es separar a la Policía Nacional y al ESMAD de la estructura del Ministerio de Defensa. Eso con el propósito de "garantizar un entrenamiento que consolide la preservación de la seguridad con enfoque ciudadano y de derechos humanos, y no bajo una perspectiva militar".

En otra de las recomendaciones le pide al Estado "abstenerse de prohibir de manera generalizada y a priori los cortes de ruta ( bloqueos) como modalidades de protestas".

Obstáculos para ejercer derecho a la protesta

A nivel de derechos humanos, la CIDH observó violaciones y obstáculos para ejercer el derecho a la protesta en Colombia. Expresa preocupación especialmente por las "inconsistencias en las cifras registradas por las distintas entidades del Estado". También señala que encontró disparidades entrom los números que reportan esas entidades y la sociedad civil, especialmente con respecto a los fallecidos.

En ese tema, la CIDH considera que esas diferencias pueden generar desconfianza en las autoridades y por esa razón "debe debe existir un registro unificado y suficiente información oficial, así como transparencia sobre los criterios utilizados en las investigaciones y sus avances respectivos".

En el informe la Comisión dice que "ha podido constatar constatar que en reiteradas ocasiones, así como en diversas regiones del país, la respuesta del Estado se caracterizó por el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, en muchos casos, incluyendo la fuerza letal".

Para comprobar esa denuncia, afirma que tiene pruebas de audios, videos, fotografías y reuniones con testimonios individuales y colectivos. Y recuerda que los protocolos de uso de la fuerza pública deben responder a los criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

Testimonios

Sobre los testimonios recibidos, afirma que esos "refieren de manera consistente el uso desproporcionado de la fuerza por agentes del ESMAD". Habla de que agentes del escuadrón habrían "irrumpido" en manifestaciones, puntos de resistencia y concentraciones pacíficas "mediante agresiones físicas, sexuales y verbales". Además menciona que hay empleo de balas de goma y disparo de gases, dejando lesiones oculares.

Por esa razón la CIDH le pide al Estado que "implemente de forma inmediata y apremiante mecanismos para prohibir e impedir de manera efectiva el uso de la fuerza letal como recurso de control del orden público en casos de protestas". Y además reitera que las armas de fuego y las municiones deben estar excluidas de los operativos de control de las protestas.

Como recomendación, la Comisión habla sobre instalar un Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia, que pueda contribuir a consolidar la paz en los diferentes sectores de la sociedad.

La Comisión advierte que la ausencia de una ley estatutaria que reglamente el ejercicio de la protesta crea un margen de discrecionalidad sobre el derecho a la protesta; y dificulta el deber estatal de evaluar cuando un bloqueo está amparado por el derecho a la protesta y cuando no.

Ante la falta de dicha ley, la CIDH considera relevante que la respuesta del Estado se ajuste a los estándares interamericanos aplicables al derecho a la protesta; y resalta la importancia de la participación social en la construcción de esta normativa.

Sobre los bloqueos

La CIDH reiteró que la protesta es un derecho protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, incluyendo los bloqueos. Dice que los bloqueos no pueden ser prohibidos a priori o de forma generalizada. Sin embargo, dice que en determinadas circunstancias, esta modalidad de protesta puede ser restringida a partir de consideraciones particulares.

La Comisión reconoce, los graves impactos que pueden tener bloqueos prolongados en los derechos de terceros que no protestan como de la ciudadanía en general. Por último, advierte que la presencia de actores armados y redes delictivas en estos bloqueos pone en riesgo a las personas que protestan y a aquellas que no.

La CIDH pide redoblar esfuerzos en la implementación integral y cumplimiento del Acuerdo de Paz, pues representa una oportunidad y un camino para enfrentar y contrarrestar las causas estructurales de la violencia y de las protestas en el país.

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