Ciencia y medio ambiente

Reactivación económica

“Buscamos la reactivación y apertura de las actividades económicas”

El ministro del Interior afirmó que, únicamente los municipios con ocupación UCI superior al 85% podrán restringir algunas actividades.

“Buscamos la reactivación y apertura de las actividades económicas”

“Buscamos la reactivación y apertura de las actividades económicas”

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El ministro Diego Molano presidió un consejo de seguridad en Buenaventura.

Tras conocerse el anuncio oficial del Decreto 580 del 31 de mayo del 2021 donde se ordena extender la medida de 'Airlamiento Selectivo', el ministro del Interior, Daniel Palacios explicó en 6AM Hoy por Hoy que con estas medidas se busca dar apertura y fortalecer la economía del país con la reactivación.

"Es absolutamente irrisorio pedirle a un restaurante que no pueda operar cuando en la esquina están llevándose a cabo aglomeraciones gigantestas. Eso nos llevó a crear un decreto que permita esta reactivación con protocolos y bioseguridad", puntualizó el Ministro.

Cabe destacar que según el decreto, alcaldes y gobernadores solo podrán establecer parámetros de obligatoriedad cuando estén con ocupación mayor al 85% en sus UCI. De lo contrario, el comercio podrá activarse.

En Contexto:

El Gobierno Nacional expidió Decreto 580 del 31 de mayo del 2021, en el que se ordena extender la medida de ‘Aislamiento Selectivo’ en Colombia, pero dando paso a la reactivación total del país desde el 1 de junio y hasta el 1 de septiembre del 2021.

La norma establece que desde junio se da apertura a todas las actividades económicas y sociales incluidos restaurantes, bares y lugares de baile manteniendo los protocolos que ya fueron establecidos por el ministerio de Salud.

Sin embargo, el decreto aclara que en ningún municipio del territorio nacional con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo UCI superior al 85%, se podrán habilitar los espacios o actividades presenciales tales como eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, discotecas y lugares de baile

“Únicamente los alcaldes en los municipios y distritos con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo UCI superior al 85%, previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, y con la debida autorización del Ministerio del Interior, podrán restringir algunas actividades, áreas, y zonas para el control y manejo de la pandemia. Todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio”, aseguró el Ministro del Interior, Daniel Palacios.

Según el gobierno cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia, el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el COVID-19 y las actividades que estarán permitidas, con lo cual, se ordenará por intermedio del Ministerio del Interior el cierre de las actividades respectivas a la entidad territorial.

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