Tarifa de servicios públicos se puede modificar por cobro abusivo
Conozca las condiciones que preciso el Consejo de Estado para contratar la prestación de servicios públicos domiciliarios

Essa

Es posible modificar el valor de las tarifas de servicios públicos cuando se evidencien abusos, según un concepto emitido por el Consejo de Estado.
Así esta cuantía ya hubiera sido establecida previamente en el contrato que celebren los operadores para la prestación del servicio por la intervención de la Comisión de Regulación de Agua Potable, se puede cambiar cuando hay abuso en la cuantía.
El concepto obedece a una consulta formulada por el Ministerio de Vivienda. Cuando buscaba establecer si la revisión que le corresponde efectuar a la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) frente a las tarifas de servicios públicos puede dar lugar a que estas sean modificadas, incluso en los casos en los que el valor por la prestación del servicio al usuario ha sido fijado en el respectivo contrato de concesión.
Dentro de las condiciones para contratar la prestación de servicios públicos domiciliarios, el concepto precisa que, cuando se establezcan los pliegos de condiciones de las licitaciones para la concesión de los contratos para prestar servicios públicos domiciliarios, a la entidad contratante le corresponde establecer unos parámetros relativos a la tarifa que cada oferente pretenda manejar. Se deben señalar los propósitos de las fórmulas tarifarias y las tarifas mismas, los límites dentro de los cuales los proponentes pueden ofrecerlas y los escenarios en los cuales procede declarar desierta la licitación.
También precisó la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado que, no es viable que las empresas públicas subcontraten con otras empresas públicas la prestación parcial o integral de servicios públicos domiciliarios en algún municipio o región del país.
Por lo que también enfatizó que estas tarifas si pueden ser intervenidas.




