Suspendido estudiante que divulgó historia clínica de un compañero
Corte Constitucional estableció que los estudiantes están en la obligación de respetar los derechos de la comunidad educativa a la que pertenecen
Debido a una tutela que presentó un estudiante de medicina contra el Hospital Departamental Psiquiátrico Universitario del Valle y la Universidad del Valle, por haber sido expulsado de la institución educativa sin que -supuestamente- mediara en un trámite disciplinario en el que se hubiera garantizado su debido proceso.
La institución universitaria adoptó dicha decisión al encontrarlo responsable de divulgar en una red social información reservada de la historia clínica de un compañero de su facultad, que en el 2017 estuvo internado durante varios meses en el Hospital Psiquiátrico del Valle.
Los mensajes (divulgados a través de la red social Whatsapp) reproducían información textual de la historia clínica de su compañero. Se trataba de datos sobre la salud mental del paciente, su orientación sexual diversa y conflictos personales religiosos.
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Cuando el hospital se enteró de lo que circulaba en redes suspendió al estudiante de sus prácticas y puso en conocimiento de lo ocurrido a la institución educativa que realizó una investigación disciplinaria y decidió expulsarlo por la falta gravísima cometida.
La Corte llamó la atención al accionante sobre la gravedad de la conducta cometida.
Con su actuación violó los derechos fundamentales a la intimidad, libertad de conciencia, cultos, igualdad de un compañero y paciente, por lo que negó la petición del estudiante y amparó la decisión de la institución educativa.