Consejo de Estado condenó a Rama Judicial a pagar más de 101 millones
La penalización se debe a la detención injusta de un hombre que fue acusado de estar cometiendo actos sexuales contra una menor
El 31 de enero del 2010 la Policía capturó al procesado en el Cesar. Los agentes que protagonizaron la acción habían acudido al llamado de la comunidad, que retuvo a un hombre que sera apodado ‘El negro’, en momentos en que intentaba abusar de una menor.
Al día siguiente, el capturado fue puesto a disposición de la Fiscalía que, solicitó ante un juez la legalización de la detención y la imposición de medida de aseguramiento, después de que el demandante recuperó su libertad el 7 de junio del 2011, luego que un juez penal del circuito de Valledupar lo declarara inocente del cargo.
Sus familiares interpusieron una demanda de reparación directa, debido a que, quien dijo haber presenciado el delito no se presentó en el juicio para ratificar su dicho y el examen de medicina legal tampoco fue concluyente.
El Consejo de Estado concluyó que así haya sido la Fiscalía quien presentó estos elementos de prueba, es al juez a quien corresponde determinar si estos procedían o no como sustento de la medida privativa de la libertad, de donde se desprende que es a la Rama Judicial a quien corresponde asumir los costos de la reparación.