Tutela de Reficar por 30 mil millones contra la nación fue denegada
La acción judicial fue interpuesta por Reficar argumentando que la conciliación violaba el debido proceso.
La condena obedece al incumplimiento del contrato de consultoría, interventoría y gestoría que celebraron las partes en torno a la ejecución del proyecto de ampliación de la refinería.
Entre otras consideraciones, la sentencia de conciliación señala que Reficar pagó extemporáneamente varias facturas al consorcio.
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Reficar interpuso una acción de tutela. A su juicio, el laudo violó su derecho al debido proceso y al trato igualitario en aplicación de la ley y la justicia, así como el acceso efectivo a administración de justicia.
Sin embargo, el Consejo de Estado no accedió a las pretensiones y declaró improcedente la tutela, por considerar que no se cumplió con el requisito de relevancia institucional.
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La alta corte aclaró que este tipo de acción de amparo no está prevista para convertirse en una tercera instancia de las pretensiones desatendidas por el juez natural de la causa; en este caso, dice, se repitieron pretensiones que ya habían sido negadas por el Tribunal de Arbitramento, y de ahí su determinación.
Señaló que el actor plantea que se violaron sus derechos fundamentales, basado en un debate probatorio y económico que ya fue resuelto por el mencionado juez natural de la causa.