Corte decide que cónyuge sobreviviente tiene sustitución pensional
La Corte resolvió en la Sala Plena que el cónyuge sobreviviente y compañera permanente podrían compartir sustitución pensional
La decisión se tomó al estudiar la acción de tutela promovida por la ciudadana María Alicia Murillo contra la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia
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La Alta Corte resolvió proteger sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, seguridad social y mínimo vital y, en consecuencia, ordenar al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Buenaventura adoptar una nueva decisión en el caso de la accionante contra la Nación y al Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo Social de la empresa Puertos de Colombia -Foncolpuertos.
La Corte indicó que, con este precedente también se deberá determinar en qué proporción y a partir de qué momento se materializa el derecho a la sustitución pensional.
Para la Corte, el operador judicial debe integrar el ordenamiento constitucional de suerte que las normas discriminatorias no sean empleadas en su tenor literal para resolver un caso y, en su lugar, se interpreten en el sentido de incorporar a las compañeras permanentes dentro de su ámbito de aplicación, en los mismos términos de protección en favor de la cónyuge supérstite