Teletrabajo y flexibilidad horaria para empleados con síntomas de gripe
Mediante una circular el Gobierno Nacional dictó medidas preventivas para el sector laboral frente al Covid-19.
El Ministerio del Trabajo junto al Departamento Administrativo de la Función Pública y el Ministerio de Salud, expidieron la circular a través de la cual se establecieron las medidas para minimizar efectos adversos en los diferentes entornos laborales.
Se trata de medidas excepcionales y temporales como flexibilidad horaria y Teletrabajo, que deben ser concertadas con el jefe inmediato de cada trabajador.
“Aquellas personas que tengan tos o infecciones respiratorias podrán concertar con su patrono la posibilidad de realizar sus actividades en su casa. Es decir, estaríamos hablando de teletrabajo, además de horarios flexibles en caso de eventualidades médicas”, afirmó el ministro de Trabajo Ángel Custodio específica en qué casos sí aplica la incapacidad
El jefe de la cartera insistió que esto consiste en recomendaciones que se les hacen a los empleadores. Y se aclaró que la incapacidad laboral solamente es válida, en caso de que el empleado haya sido diagnosticado con Covid-19, previa certificación de la EPS o de una autoridad certificada para hacerlo.
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También se insistió en sugerencias generales como que se capacite al personal de migración en el aseo y la limpieza para prevenir precisamente la propagación de la epidemia, informar ante los canales dispuestos posibles casos, cuidar la salud de sus compañeros y disminuir el número de reuniones que impliquen la reunión de varias personas en espacios reducidos.