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Nueva condena contra la Nación por fumigación con glifosato

La condena se da porque se afectaron los cultivos lícitos de un campesino.

Nueva condena contra la Nación por fumigación con glifosato

Nueva condena contra la Nación por fumigación con glifosato(Colprensa / Archivo)

Una nueva condena emitió el Consejo de Estado contra la Nación por unas fumigaciones que adelantó el Área de Erradicación de Cultivos Ilícitos de la Policía Nacional con glifosato entre el 2008 y el 2009 en Guapi, Cauca con ánimo de erradicar los cultivos ilícitos. Esto, porque entre los cultivos afectados quedaron los de un campesino que tenía árboles de diferentes frutas y plantas medicinales, que eran lícitas.

El hombre acudió a instancias judiciales porque aseguró que los cultivos eran su único sustento y nunca se hizo un estudio previo sobre cuáles eran los que pretendían afectar y porque fue a la Dirección de Antinarcóticos de la Policía y al Área de Erradicación de Cultivos para que lo reparara, pero no obtuvo respuesta.

El tema llegó hasta el Consejo de Estado y se abrió todo un debate sobre las pruebas que aportó el hombre, pues el Ministerio de Defensa las criticó al decir que ninguna era técnica en relación con el tipo de cultivo y el estado actual de la tierra como consecuencia de la aspersión, pero dijo el Consejo que, “ello no es suficiente para negar las pretensiones dado que existen otros medios de prueba: testimoniales y documentales”.

Por ejemplo, “el Alcalde municipal informó al proceso que recibió varias quejas de afectación tanto a los cultivos como a la salud humana, con la fumigación aérea que la Policía Nacional – Dirección de Antinarcóticos realizó en la zona en los años 2008 y 2009”.

También se aportaron unas fotos, pero lo que sí no se aportó, fueron pruebas que permitieran determinar qué monto debe recibir el campesino como indemnización. En consecuencia, le dio tres meses para que recoja las pruebas y se pueda definir la cantidad.

“La Sala a manera de conclusión puede afirmar que el demandante no tenía la obligación jurídica de soportar el daño antijurídico causado por la entidad demandada por lo que a ésta le asiste el deber de repararlo integralmente. Quien crea un riesgo con la ejecución de una actividad lícita, debe reparar los daños antijurídicos que cause sin que sea necesario acreditar que incumplió con los deberes de cuidado que le eran exigibles”, se lee en la sentencia.

Esta nueva decisión se conoce cuando el Gobierno sigue estudiando la posibilidad de usar este químico, pues ha dicho la ministra de Justicia Gloria María Borrero, que le pedirán a la Corte Constitucional revisar la sentencia que exige que para usarlo se debe demostrar con certeza que no causa daño ni a la salud humana ni al medio ambiente.

Dice el exministro de Medio Ambiente, Manuel Rodríguez que prácticamente el Gobierno, “a mi juicio, debe invertir la carga de la prueba”. Asegura además, que se debe hacer un estudio sobre cómo realmente se está utilizando el glifosato, porque uno de los argumentos del Gobierno es que “si está autorizado para la agricultura, no habría razón para que no esté autorizado en los cultivos ilícitos”.

La Corte Constitucional hará una audiencia de seguimiento sobre este tema a finales de febrero de 2019.

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