En Colombia empezó a regir el contrato de trabajo electrónico
A partir de la fecha los contratos de trabajo se podrán celebrar mediante firma electrónica, según disposición del Ministerio de Trabajo para potencializar y promover el uso efectivo de las TIC en el país.
La Ministra de Trabajo, Alicia Arango Olmos, dijo los contratos por medios electrónicos pueden tener la firma electrónica o la digital, permitiendo a su vez identificar y vincular una persona con la creación de un mensaje de datos, un acto o un contrato y que cuente con su aprobación. Estos van dirigidos para los empleadores y trabajadores del país del sector privado.
“los contratos se aplicarán primero en el tema del Teletrabajo, porque permite que la gente pueda estar en distintas partes del país y tener un trabajo que le brinde garantías”, afirmó Arango.
Explicó, que de esa manera se les da la oportunidad a las personas que no tienen acceso a ciudades como Bogotá, a tener empleo desde cualquier lugar de Colombia.
Sobre estos contratos, el Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Carlos Alberto Baena, aclaró que el contrato firmado de forma electrónica debe cumplir con los requisitos del contrato de trabajo escrito, lo que significa, que debe tener una identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de celebración del mismo, donde se contrata al trabajador y para la prestación del servicio, naturaleza del trabajo, salario, forma, períodos de pago, duración del contrato y terminación.
Manifestó finalmente Baena, que también el empleador y trabajador deberán determinar el mecanismo técnico que utilizarán para realizar las Comunicaciones con firma electrónica.