Salud y bienestar

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La defensa de Medimás tras controversia por cambio de accionistas

Procurador pidió que se revoque la venta de Cafesalud

Medimás

Medimás(Colprensa / Archivo)

Caracol Radio conoció los argumentos de la defensa de Medimás EPS y ESIMED S.A. tras la advertencia de la Procuraduría General sobre la modificación de los socios de Prestasalud por las que al parecer se deterioraron las condiciones de experiencia y solidez financiera del consorcio, por lo que ya no cumpliría los requisitos para manejar la red de afiliados.

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A través de una carta que había sido enviada por el procurador a la liquidadora Ángela María Echeverri, el jefe del ente de control aseguró, además, que el consorcio está poniendo en riesgo la salud y la vida de sus afiliados.

Desde el primero de agosto de 2017, Medimás asumió la atención de 4,3 millones de afiliados del régimen contributivo y 1,3 millones del subsidiado. Detrás, está el consorcio de clínicas y hospitales Prestasalud. 

SOBRE EL CAMBIO DE COMPOSICIÓN ACCIONARIA 

Respecto a la posibilidad de cambiar los integrantes del consorcio Prestasalud y la composición accionaria de Prestnewco S.A.S. y Prestmed S.A.S., es importante tener presente que la constitución de dichas sociedades se originó en lo previsto en el reglamento de venta de activos, pasivos y contratos de Cafesalud EPS S.A. y de acciones de Esimed S.A., documento que es público y se encuentra en la página web: www.saludcoop.coop, así como dos momentos, así: 

i. Durante el proceso de venta de los activos y pasivos de Cafesalud EPS y las acciones de ESIMED S.A. 

Al respecto, en la sección 6.13 se encuentran las disposiciones que se deben tener en cuenta para evaluar, durante el proceso de venta, la posibilidad de cambiar integrantes del consorcio Prestasalud. En efecto, la sección referida, indica lo siguiente: 

“…6.13.1. Entre la Fecha Límite de Presentación de los Documentos de Acreditación y la Fecha de Cierre no se podrá modificar ni los integrantes del Consorcio ni su participación en el Consorcio…”. 

Como se puede observar, durante el proceso de enajenación, específicamente desde la presentación de los documentos de acreditación hasta la fecha de cierre – que acaeció el día 26 de julio de 2017 -, se encontraba expresamente prohibido modificar los integrantes de un consorcio, sin que existiera limitación alguna para efectuar cambios en la fecha señalada, y así, el Consorcio Prestasalud no tuvo cambio alguno en sus integrantes, ni en dicho momento, ni en ningún otro. 

Ahora bien, teniendo en cuenta que el reglamento en mención señaló que en el caso de que fuera un consorcio el adjudicado, podrían constituirse sociedades para adquirir el 100% de las acciones de una sociedad futura que hoy se denomina Medimás EPS S.A.S., y el 94.68% de las acciones de ESIMED S.A., se procedió de acuerdo con dicha posibilidad, y creándose en el mes de junio de 2017 las sociedades Prestnewco S.A.S. y Prestmed S.A.S. 

ii. Posterior a la suscripción de los contratos de la venta. 

Aclarado que dentro del Reglamento de Acreditación y Venta no existía prohibición para que después de la firma de los contratos se cambiara la composición accionaria – lo que tampoco está prohibido por la ley, siendo éste un proceso de derecho privado -, también se debe hacer referencia al contrato de venta de acciones suscrito el 23 de junio de 2017, en el que expresamente, al referirse a los garantes de las obligaciones y al comprador, se acordó expresamente que el comprador de las acciones de Medimás EPS S.A.S. (Prestnewco S.A.S.) y de ESIMED S.A. (Prestmed S.A.S.), podría cambiar la composición accionaria sin que para ello debiera tener autorización de Cafesalud EPS, estableciendo únicamente que, si producto del cambio de la composición accionaria ingresara a la sociedad un tercero, éste debería firmar un documento asumiendo también la posición de garante de las obligaciones. De allí es claro que la voluntad de las partes del contrato fue dejar en plena libertad a Prestnewco S.A.S. para variar su composición accionaria, si así lo determinaran sus órganos sociales. Toda vez que sobre todos los contratos existen compromisos de confidencialidad, las partes no pueden divulgar parcial ni totalmente el texto de los referidos contratos, salvo que una autoridad pública competente así lo solicite. 

En todo caso, debe dejarse claro que los cambios en la composición accionaria que se han suscitado en las sociedades Prestnewco S.A.S. y Prestmed S.A.S. devinieron de dos situaciones, la primera de ellas, la cesión voluntaria de acciones que realizara el día 17 de agosto de 2017 el accionista Centro Nacional de Oncología S.A. en favor de los demás accionistas de cada una de dichas sociedades, y la segunda, la exclusión de que fueron objeto los socios Centro Nacional de Oncología S.A., Fundación Esensa y Fundación Saint el día 5 de octubre de 2017, por el no pago de la porción a su cargo como garantes de la primera cuota del precio de las acciones de ESIMED S.A. , circunstancia que obligó a los demás accionistas a asumir proporcionalmente la cuota dejada de pagar por éstos.

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