Empresas de transporte no están obligadas a pedir documentos a extranjeros
Camilo García, manifestó que hace referencia a que las empresas no tendrán sanciones por parte de la Superintendencia de Puertos y Transporte.
Colombia
La Superintendencia de Puertos y Transporte, emitió una circular en donde señala que las empresas de Servicio de Transporte de Pasajeros, no están obligadas a pedir documentos a venezolanos que se movilicen a nivel nacional o internacional. Esta competencia será de las autoridades de migración.
Al conocer esta disposición, el director Ejecutivo del Consejo Superior del Transporte, Camilo García, manifestó que hace referencia a que las empresas no tendrán sanciones por parte de la Superintendencia de Puertos y Transporte, por no pedir los documentos de identificación a las personas con nacionalidad diferente a la colombiana.
Sin embargo los empresarios pidieron hoy una aclaración al Ministerio de Transporte, porque también otra resolución del 16 de mayo de 2018 de Migración Colombia, establece un marco sancionatorio para que todas las personas naturales o jurídicas y en las que incluye que las empresas de transporte que no cumplan con este registro de documento, puedan tener sanciones por esta entidad.
"Lo que nosotros queremos decirle a la cartera de Transporte, es que nos de claridad con relación a cuál es el marco que tenemos que tener nosotros para recepcionar debidamente a todas las personas de Venezuela que están haciendo tránsito en el país o que están desplazándose en el territorio nacional", afirmó el dirigente gremial.
Por ahora la Según la Superintendencia no existe ninguna disposición que obligue al transportador de pasajeros en Colombia, a solicitar documentos migratorios, que demuestren el ingreso o permanencia legal de una persona con nacionalidad diferente a la colombiana.