Salud y bienestar

Minsalud fija las condiciones que reglamentan las incapacidades

Las EPS realizarán una revisión periódica cada 60 días.

Minsalud fija las condiciones que reglamentan las incapacidades

Minsalud fija las condiciones que reglamentan las incapacidades(Colprensa)

Colombia

El Ministerio de Salud indicó que tras las la posibilidad de ampliar hasta en 340 días más el trámite de calificación de una incapacidad por invalidez, que antes era de 180 días, a través de un decreto reglamentó que las EPS deberán adelantar una revisión cada sesenta (60) días a las incapacidades.

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Además, según la nueva reglamentación, las entidades prestadoras de salud deberán detectar los casos en los que los tiempos de rehabilitación y recuperación del paciente se desvíen de los previstos, para una condición de salud específica, identificando el grupo de pacientes que está en riesgo de presentar incapacidad prolongada.

“Realizar a los pacientes mencionados un plan integral de tratamiento, monitoreo y evaluación del proceso de rehabilitación, que permita valorar cada sesenta (60) días calendario el avance de la recuperación de su capacidad laboral, constatando el curso normal de la evolución del tratamiento regular y efectivo y el estado de la recuperación. La valoración podrá realizarse antes del plazo señalado si así lo considera el médico tratante de acuerdo con la evolución del estado del paciente”, se lee en el documento.

Finalmente, el Ministerio de Salud indicó en el decreto que, se deberá consignar en la historia clínica por parte del médico u odontólogo tratante dichos resultados y comunicar al área de prestaciones económicas de la EPS o AFP que tenga a cargo el reconocimiento y pago de la incapacidad, según sea el caso.

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