Liga Colombiana

Dayro debe recibir como mínimo 4 fechas de sanción: José Borda

El analista arbitral de Caracol Radio se refirió a la agresión del delantero de Nacional.

Dayro Moreno

Dayro Moreno (Colprensa)

Bogotá

Por: José Borda, analista arbitral de Caracol Radio

Una de las jugadas más controvertidas de la jornada 6 de fútbol profesional colombiano fue la ocurrida en el partido entre Alianza Petrolera y Atlético Nacional, al minuto 94 el jugador Dayro Moreno agredió con un cabezazo al defensor Luciano Ospina.

El árbitro de Norte Santander Jorge Guzmán, ni su asistente dos, Yohan Peña vieron la acción, quien sabe en donde andaban porque del partido ya se habían ido. Pues una conducta violenta como esa, no se le puede pasar a un juez y menos que este dirija en la rama profesional, sin embargo, pasó y no se tomó el correctivo disciplinario que era la expulsión del jugador de Nacional, por el contario fue amonestado el agredido, como no vieron, supongo, que el cuerpo arbitral, lo castigó por simular la agresión, procedimiento que no es entendible a la vista de nadie porque “le pegan al jugador y encima de eso lo amonestan” ¡Hágame el favor!.

Las conductas violentas se llaman así porque son agresiones que cometen los jugadores a sus rivales sin estar el balón en juego y se encuentran entre otras, el dar patadas, puños, codazos y por supuesto los cabezazos.

En acciones como estas es donde el tribunal de penas de la Dimayor debe entrar a operar de oficio, y no en aspectos como decidir si un jugador fue bien o mal expulsado por el silbato de turno y darle menos fechas, ellos (los del tribunal de penas) abrieron una puerta que no debían porque se metieron y pasaron por encima de la autoridad del árbitro. Ahora sino operan en esta situación evidente y flagrante donde hay una agresión de hecho que el árbitro no vio, estarían yendo en contra de la función que deben cumplir como entidad reguladora de los castigos a los jugadores y sería un terrible ejemplo para los demás futbolistas porque estarían dándoles vía libre para que tomen la justicia por cuenta propia.

El tribunal de penas últimamente han mostrado en sus decisiones, que por querer quedar bien con todo el mundo, se lava las manos y ponen sanciones “paupérrimas” cambiando a su acomodo el código de disciplina y esos castigos se convierten en pañitos de agua tibia que no demuestran la magnitud del correctivo de lo que realmente el jugador hizo.

En el caso de la sanción para el jugador de nacional Dayro Moreno, el tribunal disciplinario debería darle como mínimo 4 fechas de castigo de acuerdo al artículo 63 en su apartado D que dice: Suspensión de dos (2) a cuatro (4) fechas y multa de trece (13) a veinte (20) salarios mínimos diarios legales vigentes al momento de la infracción por ser culpable de conducta violenta contra los jugadores rivales.

Ahora bien, si tenemos en cuenta lo que siempre argumenta el tribunal en sus escritos “que según el informe del árbitro, de los vídeos y otras pruebas recogidas” la sanción puede ser menor. Ojala en este caso y de aquí en adelante el famoso tribunal de penas NO nos salga con otro " chorro de babas" como siempre lo ha hecho y la sanción sea ejemplarizante.

 

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