Justicia

Santos objetó ley para profesionalizar a entrenadores deportivos

La iniciativa que nació en el Comité Olímpico Colombiano, buscaba que contaran con un título académico.

Santos objetó ley para profesionalizar a entrenadores deportivos

Santos objetó ley para profesionalizar a entrenadores deportivos(Caracol Radio)

El presidente Juan Manuel Santos objetó este martes el proyecto por medio del cual se buscaba reglamentar la actividad de los entrenadores deportivos.

Los argumentos para no avalar esta ley son que "lesiona el derecho a la libertad de asociación, establece un gravamen tributario que afecta gravemente a deportistas y entrenadores e impide el acceso de miles de colombianos consagrados al deporte al registro y acreditación, entre otras objeciones".

El proyecto contemplaba, entre otros, que las personas que se desempeñan en esta actividad, sin una preparación académica, tendrían un plazo de diez años para acreditarse.

Este es el comunicado:

Por afectar de forma grave derechos de deportistas y entrenadores, Presidente objeta proyecto de ley

• Según el Gobierno, el proyecto que reglamenta la actividad del entrenamiento deportivo lesiona el derecho a la libertad de asociación, establece un gravamen tributario que afecta gravemente a deportistas y entrenadores e impide el acceso de miles de colombianos consagrados al deporte al registro y acreditación, entre otras objeciones.

Bogotá, 15 ago (SIG).

Por afectar de forma grave los intereses de los deportistas y entrenadores, el Presidente Juan Manuel Santos objetó el proyecto de ley número 104 de 2015 Cámara – 166 de 2016 Senado, por medio de la cual se reglamenta la actividad de los entrenadores deportivos.

Según consideró el Gobierno Nacional, aunque el propósito de este proyecto de ley es loable, al buscar contribuir a la profesionalización de la actividad del entrenamiento deportivo, los medios a través de los cuales se pretende materializar dicho propósito son contraproducentes, y en varios puntos lesivos de los intereses, derechos y actividad profesional tanto de los entrenadores como de los deportistas colombianos en general, y violatorios de la Constitución Política.

—Impide el acceso de miles de colombianos consagrados al deporte al registro y acreditación

En primer lugar, el proyecto crea un registro de entrenadores deportivos que será la base para una tarjeta de acreditación individual; dicho registro les cierra la posibilidad de inscripción a los aspirantes que hayan obtenido títulos de educación superior a nivel técnico o tecnológico con denominaciones distintas a las de “deporte” o “entrenamiento deportivo”.

Dado que en el país existen docenas de títulos ofrecidos por instituciones de educación superior con denominaciones distintas, se estaría impidiendo que miles de colombianos consagrados al deporte o al entrenamiento deportivo puedan acceder al registro y acreditación.

—Lesiona el derecho a la libertad de asociación

La iniciativa desconoce y hace prácticamente imposible el funcionamiento de los cientos de asociaciones deportivas profesionales que existen en el país, al declarar que el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo será la “única entidad asociativa que representa los intereses profesionales de las ciencias del deporte”.

Con ello se está lesionando el derecho fundamental de todos los deportistas colombianos a la libertad de asociación, impidiendo que escojan la asociación profesional a la que quieren pertenecer, o incluso previniéndoles crear nuevas asociaciones profesionales para representar y procurar sus intereses.

—Establece un gravamen tributario que afecta gravemente a deportistas y entrenadores

El proyecto busca gravar a los deportistas nacionales interesados en registrarse como entrenadores deportivos con una tasa correspondiente a dicho registro, sin fijar con claridad los elementos mínimos estructurales de ese tributo, y delegando al Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo la potestad íntegra de establecer la tarifa de dicha tasa.

El establecimiento de un gravamen tributario deficientemente estructurado que afectaría en forma severa los derechos de los deportistas y entrenadores colombianos es, para el Gobierno Nacional, inaceptable.

—Atribuye funciones públicas violatorias de la Constitución

Finalmente, el proyecto no reconoce el entrenamiento deportivo como una profesión, sino meramente como una actividad. Al mismo tiempo, pretende reconocer un colegio profesional y atribuirle funciones públicas de inspección, vigilancia y control de la actividad pedagógica de entrenamiento deportivo, sin que dicho colegio pueda jurídicamente recibir esas funciones, al no tratarse de una profesión legalmente reconocida.

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