Viudas se podrán volver a casar y mantener pensión de su difunto esposo
En la actualidad se perdía la pensión si la viuda decidía volverse a casar.
Como una posibilidad de rehacer sus vidas sentimentales sin el temor de perder los beneficios pensionales heredados de sus parejas, se conoce un fallo de la Sala Plena de la Corte Constitucional que dejó sin efectos una norma que obligaba a las viudas a escoger entre volverse a casar o mantener la pensión de su pareja fallecida.
Se trata de la pensión de viudedad, incluida en el artículo 62 de la ley 90 de 1946, ahora y con la decisión magistrado Alejandro Linares esa norma quedará sepultada dando paso una nueva oportunidad para las mujeres.
Dicen la ponencia que resuelve una demanda que "la condición para la pensión de viudez comporta un trato discriminatorio injustificado en contra de las mujeres que deseen conformar una familia mediante el vínculo del matrimonial" además que "los estímulos económicos que tienden a limitar el estado civil de las personas, son consideras como una intromisión a la autonomía personal".




