Animales son seres sintientes: Corte Constitucional
Igualmente se determinó que son bienes inmuebles que se pueden comercializar.
En firme quedaron varios artículos del Código Civil en los que se advierte que los animales son bienes inmuebles que pueden vender, como en el caso del ganado, pero también son propiedad de las personas que los tiene.
Así lo consideró la Corte Constitucional al explicar que los animales son seres sintientes, que no pueden ser maltratados, ya que existen normas que castigan con multa las acciones violentas que se cometan contra estos.
Sin embargo, la Corte aclaró que los animales no son sujetos autónomos de derecho dado a que la norma es clara en señalar que los animales son “Muebles que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas (…) Parágrafo. Reconózcase la calidad de seres sintientes a los animales”.