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Procuraduría apoya figura de inspectores para evitar corrupción en centros escolares

Asegura que el Ministerio de Educación está habilitado para tomar acciones que permitan “evaluar, apoyar, fomentar y dignificar la educación superior”.

A través de un concepto enviado a la Corte Constitucional, el procurador general, Alejandro Ordóñez, solicitó que declarar exequible el artículo 13 de la Ley 1740 de 2014, que permite al Ministerio de Educación designar de manera temporal funcionarios de nivel directivo y administrativo en reemplazo de servidores que impidan superar graves anormalidades en instituciones universitarias, cuando los nombrados en primer lugar oculten información o impidan que se realicen las medidas preventivas.

Para el demandante el artículo va contravía de la Constitución Política ya que vulnera el principio de legalidad, el debido proceso y la autonomía universitaria.

La Procuraduría explicó que el demandante se equivocó al señalar que las conductas reprochadas, las sanciones, el procedimiento a seguir y los recursos no se encuentran determinados en la ley, pues el Ministerio de Educación está habilitado para tomar acciones que permitan “evaluar, apoyar, fomentar y dignificar la educación superior”.

A su juicio la adopción de medidas de vigilancia especial son tomadas en caso de una grave situación de anormalidad que ponga en riesgo la continuidad y calidad del servicio, así como la inversión y manejo adecuado de los recursos. Además, se debe expedir una resolución que se notifique personalmente y la cual tiene recurso de reposición, con lo cual se cumplen las garantías de motivación, publicidad y contradicción que exige el debido proceso.

El Ministerio Público señaló que la norma reprocha que: “dificulten la implementación de medidas y órdenes adoptadas por el Ministerio” y “oculten o alteren información”, que no son términos vagos, sino que están claramente especificados en la legislación mientras la autoridad requiere acceder a información contable y administrativa para evidencias posibles irregularidades.

Se aclaró que esta medida debe estar ajustada a los fines de la vigilancia especial, que se especifican en la ley, los cuales consisten en tomar medidas preventivas para acceder a la información necesaria para auditar y vigilar, y éstos son definidos por el Ministerio de Educación.

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