Procurador pidió reglamentar la ley sobre cuidados paliativos
La Ley fue promulgada el 8 de septiembre de 2014 y a la fecha no sea reglamentado.
El procurador general, Alejandro Ordóñez radicó ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca una acción de cumplimiento para que se ordene al Ministerio de Salud reglamentar la ley consuelo Davis Saavedra la cual está relacionada con los servicios de cuidados paliativos.
El Ministerio Público recordó que la citada ley impone al Gobierno la obligación de reglamentar lo concerniente "a los derechos de los pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles de alto impacto en la calidad de vida, siendo éstos el derecho al cuidado paliativo, a la información, a una segunda opinión, a suscribir el documento de voluntad anticipada".
Así como a participar de forma activa en el proceso de atención y "la toma de decisiones en el cuidado paliativo, y el derecho al consentimiento sustituto para el cuidado paliativo en menores de 14 años y en pacientes que se encuentren inconscientes".
Asimismo, la ley ordenó reglamentar el deber de toda EPS e IPS de garantizar el tratamiento en cuidados paliativos de acuerdo a los niveles de complejidad, y teniendo en cuenta un especial tratamiento para los niños, niñas y adolescentes.
Sin embargo para él jefe del órgano de control llama la atención que el Ministerio de Salud, "hubiera priorizado la reglamentación de la eutanasia sobre aquella necesaria para garantizar el derecho a los cuidados paliativos para el manejo integral del dolor, el alivio del sufrimiento y otros síntomas, de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles".
Para la Procuraduría resulta grave que la ausencia de reglamentación sobre cuidados paliativos termine por sustraer al paciente de opciones de vida digna y solo se le ofrezca como alternativa reglamentada para el manejo de enfermedades terminales, la opción de la eutanasia.
Esto implica sin duda la afectación a los derechos fundamentales.




