Condenan al Estado por muerte de escolta en atentado a Liliana Gaviria
Se trataba del agente de Policía que falleció junto con la hermana del expresidente Cesar Gaviria.
La condena la impuso el Consejo de Estado contra el Ministerio de Defensa por la muerte de un agente de la Policía que fue asesinado mientras se desempeñaba como escolta de la señora Liliana Gaviria Trujillo, hermana del expresidente de la República César Gaviria Trujillo
Los hechos ocurrieron en abril de 2006, en el municipio de Dosquebradas (Risaralda), cuando la señora Gaviria y su escolta se movilizaban en una camioneta de la Policía Nacional y fueron interceptados por varios hombres armados que les dispararon en repetidas ocasiones. En este hecho murieron tanto el escolta como la hermana del expresidente
Luego de que se produjeran las muertes la familia del agente demandó al Ministerio de Defensa argumentando que el atentado era previsible, teniendo en cuenta que la señora Gaviria pertenecía a una familia prestante y que el uniformado ejercía funciones de escolta y de conductor del vehículo asignado, al mismo tiempo, circunstancia que le impidió cumplir su misión de protección
Al resolver la demanda la corporación explicó que si bien en la práctica los “hombres de protección” también ejercen actividades de conducción de vehículos automotores, lo cierto es que ambas son funciones completamente distintas y de imposible cumplimiento simultáneo en forma adecuada, razón por la cual no deben concurrir en una sola persona
“Tanto es así que su capacidad de respuesta como hombre de protección fue prácticamente nula, pues, al no encontrarse en posición de alerta con su arma de fuego, quedó en completa exposición –junto con su protegida– a la acción de los agresores, los cuales, además, no encontraron barrera alguna en las condiciones de seguridad del vehículo, que no contaba con ningún tipo de blindaje”, indica la sentencia
La Sala señala que no desconoce el hecho de que existen zonas del país en las que el orden público permanece en constante alteración, circunstancia que entraña riesgos, especialmente para los miembros de la Fuerza Pública; sin embargo, en este caso particular, el daño no devino del riesgo que voluntariamente asumió el agente cuando ingresó a la Policía Nacional, sino por el estado de indefensión al que fue sometido
El Estado tendrá que pagar más de 500 millones de pesos a la familia del escolta asesinado por los daños y perjuicios ocasionados.




