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Vamos a poner en cintura a las Curadurías Urbanas: Supernotariado

Pidieron al Congreso darle pronto trámite al proyecto que endurece las sanciones y regula el oficio de curador Urbano.

Según Jorge Enrique Vélez, superintendente de Notariado y Registro,  la iniciativa que fue radicada por el Ministerio de Vivienda, creará una Superintendencia Delegada para la inspección, control y vigilancia de Curadurías, al tiempo que mediante un Concurso de Méritos se elegirán a los nuevos curadores urbanos

 En todos los municipios se crearán Curadurías Urbanas para evitar las tragedias ocurridas con las fallas estructurales del edificio Space en Medellín

 “La ley también trae obligaciones específicas para Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos, quienes no procederán a otorgar ni inscribir ninguna escritura de transferencia y/o constitución o cancelación de hipotecas o fideicomisos hasta tanto se cumpla con la obligación de protocolizar e inscribir la certificación técnica de ocupación”, explicó Vélez

 Entre otras funciones que asumirá la Superintendencia de Notariado y Registro en lo relacionado a los curadores Urbanos serán: 1.      Adelantar el concurso Nacional para la designación de los curadores Urbanos

2.      Imponer sanciones o multas por incumplimiento de normas y órdenes de la Superintendencia

3.      Ordenar medidas necesarias para subsanar o prevenir irregularidades o situaciones anormales

4.      Pedir suministro de información y realizar visitas de inspección

5.      Tramitar y hacer seguimiento a las peticiones, quejas y reclamos que formulen los usuarios con relación al servicio de los curadores urbanos

6.      En cualquier momento, de manera oficiosa o a petición de las Entidades de Control, adelantar los procesos disciplinarios a los curadores urbanos, sin perjuicio del poder preferente de la Procuraduría General de la Nación

7.      Realizar visitas generales a las curadurías, en materia de vigilancia preventiva

8.      Proponer lineamientos, directrices y pautas de articulación entre los curadores Urbanos y las autoridades competentes municipales y distritales en materia urbanística.  

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