Parte de recaudo de buques que llegan a Cartagena irá comunidades insulares
La acción de tutela fue presentada por el abogado y nativo de estas comunidades, Wilman Herrera Imitola.
La Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal y Sala de Decisión de Tutelas N° 2 con ponencia de la magistrada María del Rosario González Muñoz, confirmó en segunda instancia el fallo de tutela, que ampara los derechos fundamentales a la consulta previa, invocado por los representantes legales de las comunidades negras de Bocachica y Caño de Oro en Cartagena, las cuales según la demanda, reciben el impacto negativo por el fondeo de buques, que hacen fila para ingresar a los puertos, los cuales pagan impuestos sin ninguna retribución para estas comunidades
La acción de tutela fue presentada por el abogado y nativo de estas comunidades, Wilman Herrera Imitola y el pasado 27 de enero de 2014, el Tribunal Superior de Cartagena, falló a favor de estas comunidades, amparándolas en el derecho fundamental a la consulta previa
“Esto quiere decir, que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, Ministerio del Interior, Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Dirección General Marítima – Capitanía de Puerto de Cartagena, Superintendencia de Puertos y Transporte y Alcaldía Mayor de Cartagena, están obligadas ahora a sentarse con las comunidades afro de la Bahía, concertar y acordar acciones que permitan mitigar y disminuir el impacto de los buques que fondean en la Bahía y que estas comunidades también, se beneficien de ese impuesto que se paga”, dijo Wilman Herrera Imitola.




