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En parques naturales ya no se podrá fumigar con glifosato

El Consejo de Estado advirtió que la fumigación con dicho químico pone en riego al medio ambiente.

En parques naturales ya no se podrá fumigar con glifosato

En parques naturales ya no se podrá fumigar con glifosato

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Así lo estableció el Consejo de Estado al anular la norma que permitía que en los parques nacionales naturales se hiciera aspersiones (fumigaciones), con glifosato para eliminar cultivos ilícitos que se encontraran en dichos lugares

La decisión fue adoptada por la Sección Primera, con ponencia del magistrado Guillermo Vargas Ayala, al explicar que la fumigación aérea con el mencionado químico en el Sistema de Parques Nacionales Naturales se convierte en un riesgo potencial para el  medio ambiente, pues “conlleva a la pérdida de la cobertura vegetal natural que entra en contacto con el químico”, lo que implica la pérdida de la fauna que desarrolla su ciclo vital en dichas zona

Además, dentro de este proceso el  Instituto Colombiano Agropecuario señaló que el glifosato aplicado sobre cualquier tipo de material vegetal causa su efecto herbicida, es decir, que no solo afecta el cultivo ilícito, sino también las plantas y demás especies vegetales con las que haga contacto. Así mismo, hubo oposición a dichas fumigaciones por parte del Ministerio de Ambiente y de la subdirección técnica de la Unidad Administrativa de parques. Por tal razón, se demostró que sobre la medida existe incertidumbre científica, por lo que contradice el principio de precaución que debe respetar el Estado

 La sala estimó además que la disposición no era proporcional, pues, aunque busca eliminar los cultivos ilícitos y así mantener el orden público, la forma de hacerlo no es la más indicada debido a que es nociva para los intereses generales y el medio ambiente, que tiene protección de índole constitucional

“Tanto el orden público como el medio ambiente encarnan conceptos de cara relevancia para el desarrollo, mantenimiento y aseguramiento del Estado Social de Derecho, sin embargo, resulta evidente que el medio ambiente encuentra un plus de protección en la Carta dada su trascendencia para el aseguramiento de la vida misma, lo que le otorga un mayor valor normativo”, afirma la sentencia.

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