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Gobierno debe proteger a alcaldes durante conversaciones de paz

Así lo estableció el Consejo de Estado al fallar una demanda contra la Nación.

El Consejo de Estado falló una demanda contra la Nación en la cual determina que es deber del Estado proteger a los ciudadanos y en especial a funcionarios públicos como alcaldes, cuando se estén adelantando negociaciones de paz

El pronunciamiento se da luego de que la corporación impusiera una millonaria condena contra la Nación por el homicidio del alcalde Vista Hermosa, Meta, Marco Emilio Londoño Aguirre, en 1999

Al respecto, el citado municipio hacía parte de la denominada zona de distensión, decretada por el Gobierno Nacional el 14 octubre de 1998

En el fallo el alto tribunal indica que "debe existir un deber especial de protección en cabeza del Estado frente a personas que, por la naturaleza de sus funciones, el grupo político al que pertenecen o el contexto social en que operan, deben ser resguardadas de cualquier ataque en su contra, así no han solicitada formalmente protección a las autoridades”

 Sobre el caso concreto el alto tribunal señaló que “las circunstancias que envolvían el ejercicio de sus funciones como alcalde le colocaban en una situación que ameritaba que el estado pusiera especial atención en su protección, algo que no sucedió y que configuraba la falla en el servicio”.

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