Juez ordena reintegrar trabajador del túnel de la línea en Quindío
Fallo obliga a empresa Citus a reintegrar a trabajador del túnel de la línea que había sido despedido por estar enfermo.


En fallo de segunda instancia el juzgado civil del circuito de Calarcá confirmo el fallo del juzgado primero civil municipal de Calarcá, Quindío en el que ordena a la empresa Citus y la Unión Temporal Segundo Centenario reintegrar a Wilmer Francisco Jaramillo Gómez trabajador del túnel de la línea que fue despedido por estar enfermo, enfermedad que adquirió durante ese trabajo
En la providencia de 21 páginas la juez Beatriz Elena Carrasquilla señaló que se violaron los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, salud, igualdad, mínimo vital y vida digna
Según el demandante “presentaba afecciones en los pulmones como tos, asfixia y moco negro; patologías que son consecuencia de la contaminación ambiental encontrada en el Túnel, con altos niveles de Silice y por falta de dotación o máscaras de protección adecuadas para desarrollar la labor contratada, sin embargo la empresa Citus argumentando otros factores me despidió sin ninguna razón afectando la economía de mi familia” señaló el demandante en la denuncia ante la Fiscalía
La acción de tutela fue interpuesta por la Defensoría del Pueblo del Quindío teniendo en cuenta la situación económica del demandante y las razones de las empresas demandas para retirar del cargo al obrero
Por tal razón las empresas demandadas no solo deberán reintegrar al accionante a un cargo igual o de mejor rango en la empresa, compatible con sus condiciones de salud. Sino además pagar al accionante el equivalente a 180 días de salario que él devengaba al tiempo de la terminación del contrato de trabajo por concepto de la indemnización fijada por la ley 361 de 1997.




