Magistrado de la Corte cuestiona facultades del Procurador
Los cuestionamientos los hizo el magistrado de la Corte Constitucional, Luis Ernesto Vargas


Al salvar el voto en el fallo que confirmó la destitución e inhabilidad impuesta por la Procuraduría contra la ex senadora Piedad Córdoba, el magistrado, Luis Ernesto Vargas, explica el artículo de la Constitución, el cual sirvió de sustento para que el alto tribunal ratificara las competencias del jefe del Ministerio Público para destituir a funcionarios elegidos mediante voto popular. “El articulo puede ser interpretado de muchas maneras por lo cual cualquier fallo sustentado en dicho artículo tiende a ser calificado como injusto” afirmó
Además, el documento señala, que no es lógico e imparcial que un funcionario que es elegido por mayorías políticas tenga facultad para destituir a elegidos mediante voto popular, por ejemplo los congresistas. “No es razonable ni proporcionado que una autoridad administrativa y concretamente un funcionario individual elegido por las mayorías políticas del Senado tengan el poder de despojar del cargo a parlamentarios elegidos democráticamente”, indica el salvamento
Además, agrega Vargas, que se trató de fallo injusto pues el mismo se profirió pese a que existían objeciones insuperables
Puntualiza el magistrado que cuando el procurador sanciona a las mismas personas que lo eligieron, la sanción puede carecer de imparcialidad. “El juzgamiento disciplinario de congresistas por parte del procurador compromete la autonomía, libertad e independencia en el ejercicio de la actividad parlamentaria, en especial de las minorías políticas”, puntualiza




