Gobierno estableció reglamentación de RUT que facilita inscripción
Se elimina como requisito la presentación de un recibo de servicio público.

Gobierno estableció reglamentación de RUT que facilita inscripción
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La Dirección de Impuestos y aduanas nacionales, Dian, determinó establecer una nueva reglamentación para la expedición del Registro Único Tributario, Rut
La directora de gestión de ingresos, Cecilia Rico Torres manifestó que el primer cambio sustancial es que a partir de ahora ya no será necesario presentar un recibo de servicio público
Agregó que tampoco se va a requerir la firma autógrafo del certificado, cuando se generen copias a través de medios electrónicos de la Dian
Explicó que otro de los cambios importantes, es que se elimina el requisito de la cuenta bancaria a las personas naturales del régimen simplificado del impuesto al consumo de restaurantes y bares
Por su parte, las personas naturales que se encuentran en el exterior, podrán solicitar la inscripción y actualización del registro a través del servicio en línea de peticiones, quejas y reclamos
Comentó que a partir de ahora solo se va a requerir la cédula y una fotocopia para poder acceder al Registro Único Tributario, RUT
A esto se suma que a partir de ahora se va a requerir establecer un correo electrónico para las notificaciones correspondientes
La inscripción deberá efectuarse, de forma previa, al inicio de la actividad económica, al cumplimiento de las obligaciones administradas por la Dian
La funcionaria comentó que solo el 56 por ciento de las personas que tienen RUT han actualizado sus datos de residencia
Afirmó que a la fecha hay problemas para ubicar a los contribuyentes y efectuar las notificaciones correspondientes
El Registro Único Tributario, RUT, lo deben tener todos los colombianos para facilitar sus actividades en la vida comercial.




