Petro deberá modificar POT para proteger Cerros Orientales de Bogotá
En la sentencia se aclara que no se ordena el derrumbe de las propiedades que ya están en los Cerros.
Al explicar el fallo que prohibió y las construcciones en los Cerros Orientales de Bogotá y los declaró como zona de reserva forestal, el presidente del Consejo de Estado, Alfonso Vargas, indicó que en la sentencia se protegieron los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico, la defensa y salubridad públicas y prevención de desastres previsibles técnicamente
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En la sentencia la corporación indica que en adelante ningún organismo podrá conceder licencias de construcción en la zona de reserva, sin embargo excluyó una parte que constituye 973 hectáreas en las cuales se respetarán las licencias concedidas previamente, es decir que no se ordena el derrumbe de las propiedades dentro de las mencionadas hectáreas
Entre tanto el alto tribunal le ordena al alcalde de Bogotá modificar el Plan de Ordenamiento Territorial para dar cumplimiento a lo establecido en la sentencia
“El alcalde Distrital deberá presentar al Concejo Distrital un proyecto de reforma al Plan de Reforma Territorial que recoja lo decidido en este fallo”, ordena además que “el Distrito Capital deberá elaborar un plan de reubicación de asentamientos humanos que amenacen ruina o estén en situación de riesgo no mitigable”.