Justicia

Funcionaria de la Procuraduría se quedó con tierras de un desplazado

Así lo establece el Consejo de Estado al fallar una tutela en la que protege el derecho a la seguridad personal del ciudadano Moíses Alberto Caballero, quien fue desplazado en 2001

Funcionaria de la Procuraduría se quedó con tierras de un desplazado

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Así lo estableció el Consejo de Estado al fallar una tutela en la que protege el derecho a la seguridad personal del ciudadano Moíses Alberto Caballero, quien fue desplazado de sus dos fincas en el municipio de Pivijay (Magdalena), por grupos armados ilegales en el 2001, predios que, según el afectado, fueron adquiridos por una entidad de la que es socia una funcionaria del Ministerio Público

Al respecto, los hechos indican que luego de que el hombre fue desplazado de sus tierras, recibió una llamada en la que le anunciaban que le devolvían una de sus fincas a cambio de que entregara la titularidad de la otra a una persona determinada por el grupo armado. Sin embargo y aunque la víctima accedió a dichas pretensiones, tras retornar a su inmueble, sufrió presiones nuevamente, por lo que denunció su situación ante las autoridades

En ese sentido, Caballero solicitó ser incluido en el grupo de riesgo extraordinario, sin embargo el Grupo Técnico de Evaluación de Riesgos de la Fiscalía General y la Unidad Nacional de Protección consideraron que su riesgo era “ordinario”

Al respecto, la Sección Segunda, con ponencia del magistrado Gustavo Gómez Aranguren, recordó que al Programa de Protección a Víctimas y Testigos de la Ley de Justicia y Paz del Ministerio del Interior y de Justicia se podrán vincular las víctimas y testigos de los delitos investigados bajo esa ley, siempre que exista una amenaza sobre sus derechos fundamentales a la vida, seguridad, integridad personal y libertad

Además, según el fallo, una delegada suplente de la Procuraduría General de la Nación, que intervino en el estudio de riesgo del actor, es socia de una de las empresas que, en palabras del accionante, “fue partícipe del despojo de su inmueble”, razón por la que el alto tribunal ordena compulsar copias a la Procuraduría General y la Fiscalía General, para que se realicen las indagaciones del caso.

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