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Jueces y notarios deberían casar todas las parejas de la misma forma: Defensor del Pueblo

Según advierte, desde el pasado 20 de junio tienen la posibilidad de formalizar el vínculo de las parejas del mismo sexo, con los mismos derechos que tienen los heterosexuales.

Jueces y notarios deberían casar todas las parejas de la misma forma: Defensor del Pueblo

Jueces y notarios deberían casar todas las parejas de la misma forma: Defensor del Pueblo

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Notarios y jueces deberían formalizar vínculo entre personas del mismo sexo, con los mismos efectos y derechos que tienen heterosexuales, según el defensor del Pueblo, Jorge Armando Otalora, señalando que no pueden ser sancionados por ello

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Aseguró que el país se encuentra frente a la existencia de una zona gris o de aparente indeterminación jurídica sobre el matrimonio igualitario, por lo que según hizo una interpretación de la Sentencia C-577 de 2011 para fijar su posición

Según advierte los jueces y notarios desde el pasado 20 de junio tienen la posibilidad de formalizar el vínculo de las parejas de personas del mismo sexo, “con los mismos efectos y los mismos derechos que tienen de las parejas heterosexuales”

Lo anterior “sin que, ni jueces ni notarios, puedan ser sancionados disciplinariamente por celebrar y protocolizar estos contratos, dado que están cobijados bajo la protección constitucional de los principios de independencia y autonomía funcional”, puntualizó el defensor Otálora

Esto ya lo puso en conocimiento del superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, y al Presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Pedro Alonso Sanabria Arias

Les señaló que las parejas de personas del mismo sexo pueden formalizar y solemnizar su vínculo en Colombia, “en igualdad de derechos”, según la interpretación de la defensoría

Según dijo en la sentencia C-577 de 2011 la Corte Constitucional se inhibió para decidir de fondo frente al tema y exhortó al Congreso para que antes del 20 de junio legislara

De manera que como el Congreso no expidió la legislación correspondiente, la misma Corte había dejado claro que si esa circunstancia se presentaba las parejas del mismo sexo, “podrían acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar su vínculo contractual”

Según el Defensor del Pueblo, como el plazo fijado por la Corte se venció y el Congreso no produjo ninguna norma jurídica sobre el asunto, “existe una circunstancia especial de indeterminación jurídica frente a la posibilidad de que las parejas del mismo sexo puedan contraer matrimonio en el país”

Otálora Gómez encuentra que la discusión sobre la determinación del significado de la Constitución de 1991, al igual que el contenido y el alcance de la sentencia C-577 de 2011, en relación con la posibilidad jurídica de que las parejas del mismo sexo puedan válidamente formalizar y solemnizar su vínculo, ha quedado abierta a una serie de interpretaciones diferentes pero plausibles

Ante esta situación afirma que “existe un enorme desafío democrático en Colombia, en la medida en que la determinación del alcance de la Constitución sobre el asunto objeto de análisis ha quedado, directamente, en manos de la sociedad”

Por lo que si los jueces no practican el vínculo en las mismas condiciones que las parejas de sexos opuestos, “no se superaría el déficit de protección encontrado por la Corte Constitucional”

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