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Ejército no puede destruir archivo de operaciones militares: Consejo de Estado

La decisión se tomó luego de condenar al Ejército por los perjuicios causados a un soldado voluntario durante la toma guerrillera al puesto de Calamar en San José del Guaviare.

Ejército no puede destruir archivo de operaciones militares: Consejo de Estado

Ejército no puede destruir archivo de operaciones militares: Consejo de Estado

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Así lo determinó la corporación judicial luego de condenar al Ejército por los perjuicios causados a un soldado voluntario del Batallón de Contraguerrillas durante la toma guerrillera al puesto de Calamar en San José del Guaviare en septiembre de 1994

La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Danilo Rojas Betancourt, constató que un capitán del Ejército llegó a la base militar y ordenó la destrucción de todos los archivos del batallón correspondientes a los años 1994, 1995 y 1996, por considerarlos “basura”, lo cual impidió que el demandante acreditara lo ocurrido en el enfrentamiento militar con la guerrilla

La destrucción de los archivos militares que contenían la información oficial de lo ocurrido en materia de orden público y conflicto armado se interpreta como un indicio grave en contra de la misma institución, “que hace prosperar las pretensiones de la demanda”, pues se está frente a una falla del servicio, señala el fallo

La Sala afirmó que el mando militar solo se limitó a reiterar que los archivos fueron destruidos y que esa actuación no generó ninguna investigación penal o disciplinaria al responsable, pero no se agotó ningún esfuerzo administrativo por trasladar o recuperar desde otros archivos o centros de documentación el material probatorio destruido

Dichas actuaciones, la ausencia de investigación penal o disciplinaria y la omisión en la reconstrucción de la información destruida, evidencia una actuación negligente por parte del Ejército. Además, demuestran la omisión de procurar por la custodia y conservación de sus archivos, que conducen al respeto de derechos constitucionales como el de petición, el acceso a la información pública y bases de datos, debido proceso administrativo, acceso a la justicia y reconstrucción de la memoria histórica

En la Sentencia, la Sala recordó que la reconstrucción de la verdad es una forma de reparación simbólica que contribuye a sanar las heridas en una sociedad.

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