Afiliados a EPS Humana Vivir tendrán 45 días para su traslado voluntario
En el caso de los pacientes de alto costo, los gobiernos locales deberán distribuirlos de forma equitativa.


La resolución 0806 de 2013 de la Superintendencia Nacional de Salud que ordenó la intervención de la EPS Humana Vivir, señala que los afiliados a esta entidad del régimen contributivo, tendrán 45 días para hacer el traslado a otras EPS que presten sus servicios en cada una de las ciudades donde Humana Vivir tiene presencia. Entre tanto, las secretarías de salud de cada municipio, serán las encargadas de trasladar un 50% de los afiliados del régimen subsidiado a la EPS con mayor cobertura y el otro 50%, a las EPS certificadas por el gobierno
En el caso de los pacientes de alto costo, los gobiernos locales deberán distribuidos de forma equitativa
Las anteriores aclaraciones están contenidas en el acuerdo 415 de 2009 y decreto 055 del 15 de enero de 2007
La resolución que avala la liquidación, exige a Humana Vivir, publicar tres avisos en medios de comunicación de circulación nacional, haciendo el anuncio del proceso de traslado.




